Del silencio administrativo al secreto judicial
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Hay decisiones judiciales cuyos efectos exceden los límites de un expediente. La adoptada por el Juzgado Federal de Ushuaia, a cargo del juez Federico Calvete, al declarar reservadas las actuaciones iniciadas para obtener información pública sobre la intervención federal del puerto de Ushuaia, pertenece a esa categoría. Se trata de una resolución que plantea una seria contradicción institucional, ya que cuando están en juego recursos públicos, contrataciones y remuneraciones de funcionarios, la publicidad debe ser la regla y el secreto, una excepción.
La paradoja es evidente: se restringió el acceso a una causa cuyo objeto es, precisamente, garantizar el acceso a información que el Estado se negó a proporcionar.
El amparo fue promovido luego de requerir datos sobre designaciones, remuneraciones, contrataciones y movimientos de fondos de la intervención ejercida por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (Anpyn) en la administración del puerto de Ushuaia. Durante el trámite, el organismo entregó parte de la documentación al juzgado, pero pidió mantenerla bajo reserva, alegando la existencia de datos personales. El juez aceptó el planteo y el expediente dejó de estar disponible para la consulta pública.
El Foro de Periodismo Argentino (Fopea) expresó su preocupación y sostuvo que la decisión desatiende los estándares vigentes en materia de acceso a la información. Recordó, además, que la remuneración de funcionarios públicos no constituye un dato sensible y señaló que, ante información específicamente protegida, corresponde evaluar su separación o reserva parcial antes que cerrar un expediente completo.
El problema resulta todavía más significativo por la magnitud de los recursos involucrados. La intervención está a cargo de la Anpyn, mientras que la Administración General de Puertos Sociedad Anónima Unipersonal (AGP S.A.U.) participa de tareas administrativas y del manejo de fondos. Se trata, paradójicamente, de una sociedad estatal cuya disolución y posterior liquidación fue dispuesta por el actual gobierno mediante el decreto 3/2025.
A pesar de encontrarse en liquidación, durante 2026 la AGP continuó convocando licitaciones millonarias relacionadas con el puerto de Ushuaia, algunas por cientos de millones de pesos y otras por varios millones de dólares. Esa circunstancia no permite prejuzgar sobre la legalidad de las contrataciones. Pero hace, precisamente, más necesario conocerlas ya que transparencia no significa culpabilidad, sino control.
Si un organismo puede negar información, obligar al solicitante a recurrir a la Justicia y, una vez iniciado el amparo, obtener la reserva del expediente, el derecho de acceso corre el riesgo de quedar atrapado en un círculo perfecto: primero el silencio administrativo; después, el secreto judicial.
Para el periodismo, las consecuencias son evidentes. La libertad de expresión no consiste solo en poder publicar aquello que ya se conoce. Supone también poder investigar, preguntar y acceder a documentos públicos para controlar los actos del Estado. Cuando esa posibilidad se restringe, el afectado inmediato puede ser un medio de comunicación, pero el perjudicado final es el ciudadano.
Ante esto, Fopea pidió revisar la decisión. Lo que está en discusión es qué grado de transparencia deben garantizar las instituciones cuando se pregunta por el destino del dinero público.
En una república, la regla debe ser sencilla: a mayor cantidad de recursos públicos administrados, mayor transparencia. Nunca al revés.
