Mayor presión impositiva es equivocar el camino
La Argentina requiere una reforma tributaria profunda y eficiencia en el gasto público, en lugar de más impuestos asfixiantes como el de la renta inesperada
Como si la Argentina no estuviese ya a la cabeza del ranking de países con mayor presión tributaria del mundo, el oficialismo buscará imponer el tributo extraordinario a la llamada renta inesperada, como un adicional del impuesto a las ganancias. Si bien las probabilidades de que este nuevo y desafortunado proyecto sea sancionado por las dos cámaras del Congreso de la Nación son remotas, el solo hecho de que el Gobierno impulse esta idea –y que la flamante ministra Silvina Batakis la avale– no hace más que acrecentar la enorme desconfianza inversora. La iniciativa ya llegó a la Cámara de Diputados, donde el jefe del bloque del Frente de Todos, Germán Martínez, intentará que se trate.
En momentos en que el país debería incentivar una mayor producción para aprovechar los elevados precios internacionales de nuestras exportaciones, el oficialismo busca aumentar aún más la presión impositiva en aquellos sectores donde más podría recaudar, con el fin de mantener los exorbitantes niveles de gasto público, al precio de desalentar la inversión productiva desaprovechando una coyuntura histórica.
El proyectado impuesto se aplicaría exclusivamente respecto de las sociedades de capital, en la medida en que se cumplan las condiciones establecidas. La alícuota adicional del 15% gravaría, por única vez –aunque ya sepamos lo que esto significa en nuestro país–, el excedente de la ganancia neta imponible que resulte de comparar el primer ejercicio cerrado a partir de la vigencia de la ley respecto del anterior, ajustado por el índice de precios al consumidor.
De este modo, si consideramos el ejercicio 2022, la diferencia deberá obtenerse respecto de 2021, en moneda homogénea, de forma que el impuesto se aplicaría sobre tal excedente. Como la comparación se hace respecto de la ganancia neta imponible, se deberá considerar el ajuste por inflación. Pero al hacerlo veremos que, según cuáles sean los cierres de los ejercicios, la comparación puede no ser homogénea, habida cuenta de que en el ejercicio 2022 se considera el ajuste por inflación pleno y en el ejercicio 2021, con diferimientos.
Por su parte, el Fondo Monetario Internacional (FMI) propone un aumento de los impuestos a las sociedades para las empresas con beneficios extraordinarios. El informe Perspectivas de la Economía Mundial, en el que se incluyen previsiones de crecimiento e inflación, marca como objetivo mantener la consolidación fiscal tras la explosión del gasto público derivada del Covid-19. Para ello, recomienda actuar para compensar los efectos macroeconómicos de la invasión de Rusia a Ucrania, ante la variación drástica de sectores, como semiconductores, tecnología de la información, productos farmacéuticos y biotecnológicos, equipamiento y servicios de salud.
El proyecto de ley de renta inesperada merece el más enérgico rechazo. Desincentiva una vez más la generación de riqueza, afectando a la economía en su conjunto y perjudicando a los que menos tienen
En tal sentido, el Reino Unido anunció que gravará la renta extraordinaria con una tasa del 25% a las compañías energéticas productoras de petróleo y gas. El primer ministro Boris Johnson, que hasta el momento se había opuesto por considerar que desalentaría la inversión, cambió así de opinión. También se incorporará una desgravación por inversión, que duplicará la vigente para las empresas energéticas que invierten sus beneficios.
España también creará un impuesto sobre los “beneficios caídos del cielo”, haciendo foco en las empresas energéticas.
En el caso de Italia, ante la invasión de Ucrania por Rusia y en el contexto de una oleada de inflación en las naftas y la energía, se establecerá un impuesto extraordinario del 10% al 25% a las empresas, ante el aumento del precio de gas y el petróleo, por el período comprendido entre octubre de 2021 y abril de 2022.
Otro antecedente lo encontramos en Estados Unidos, con el denominado Windfall profits tax, destinado a gravar los beneficios extraordinarios de la industria petrolera, en el período 1980-1988, luego de la revolución iraní de 1979.
En nuestro país, allá por 1943, el gobierno surgido del golpe militar del 4 de junio de ese año creó el impuesto sobre los beneficios extraordinarios como complemento del entonces impuesto a los réditos. Tres años más tarde, fue reemplazado por un tributo sobre los beneficios no alcanzados por el impuesto a los réditos, que se denominó impuesto a las ganancias eventuales, vigente hasta 1973, cuando se creó el impuesto a las ganancias, absorbiendo el de los réditos y el de ganancias eventuales. En 1976 se estableció el impuesto a las ganancias eventuales, vigente hasta 1990. Otro precedente en nuestro país es el impuesto a las altas rentas, aprobado en 1999.
Sin cambios en las partituras, seguiremos bailando al ritmo del derroche en la cubierta del Titanic
A pesar de los distintos antecedentes internacionales citados, con realidades e implementaciones ciertamente distintas de las locales que podrían avalarlo, el proyecto de ley de renta inesperada, en sí, merece el más enérgico rechazo. Con una carga ideológica que no sorprende, pero que sigue exasperando, intenta actuar en la coyuntura como una forma de redistribución de los ingresos y de la riqueza, ante una situación de desigualdad que pretende atribuirse únicamente a la invasión rusa y que, en realidad, tiene orígenes diversos en esta Argentina que ha perdido el rumbo. Se opta una vez más por desincentivar la generación de riqueza, anatema para el populismo, afectando a la economía en su conjunto y perjudicando así a los que menos tienen.
Se ha dicho que no se pretende gravar a las empresas que obtuvieron utilidades por inversión, sino el flujo de los ingresos generados ante la desigualdad provocada por la invasión rusa, que responde al shock internacional de precios. Sin embargo, el proyecto no solo propicia gravar tales rentas, sino también las de cualquier empresa que se verifiquen en los parámetros aludidos. Tampoco menciona el proyecto el establecimiento de una atenuación del impuesto, como se había anunciado, en el caso de inversiones generadas a partir de tales utilidades.
Los fondos recaudados se afectarán a rentas generales, al ser coparticipables, con lo que tampoco se destinarán a sanear las desigualdades provocadas en los sectores marginados y de menos recursos, que serán, una vez más, los más perjudicados por estas medidas de corte demagógico y populista.
La Argentina requiere una reforma tributaria profunda y una política de eficacia y eficiencia en el gasto público, antes que la creación de nuevos impuestos, que desalientan aún más la inversión, el crecimiento y la creación de empleo.
La presión tributaria ha llegado a un techo que no admite nuevos impuestos. El hartazgo de una sociedad reclama a sus dirigentes mesura en el gasto y prudencia en sus decisiones.
En definitiva, ante una economía sin rumbo, sin programas y sin estrategias estructurales, recurrir una y otra vez a la creación de nuevos impuestos nos aleja de los objetivos propuestos. Sin cambios en las partituras, seguiremos bailando al ritmo del derroche en la cubierta del Titanic.