
Ocupación de fábricas y autogestión
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La ocupación de empresas o fábricas abandonadas por sus dueños o quebradas fue un mecanismo frecuente de la comunidad laboral con la intención de sostener la fuente de trabajo. Así lo explica la Defensoría del Pueblo de la Nación en un extenso informe que incluye antecedentes de distintos casos de autogestión obrera y un proyecto de reforma parcial a la ley de concursos y quiebras.
Tras la crisis de 2001, se decretaron no pocas quiebras y cierres de fábricas. No caben dudas de que la falencia concursal es uno de los peores males para una empresa y para quienes dependen económicamente de ella. Resulta excepcional el recupero del crédito y de la fuente de trabajo. Frente a eso, la reorganización empresarial es el medio más idóneo para el resurgimiento societario del emprendimiento.
Debemos observar que no todos los casos son iguales, ya que responden a distintas situaciones, intereses y soluciones. Nuestra experiencia legislativa, además, da cuenta de que las reformas inorgánicas y asistémicas pueden eventualmente mitigar el mal al que están dirigidas, pero seguramente crearán otros.
El reconocimiento por parte de la ley de concursos de las cooperativas de trabajadores a cargo de la continuidad de la actividad de la empresa fallida constituyó el sinceramiento de una realidad que fue extendiéndose a lo largo del tiempo. Esto ocurrió más por una necesidad que por un adecuado apego a la ley, frente a la usual falta de determinación de los jueces comerciales para cumplir con la categórica directiva que los compele a realizar con premura la venta de los activos de la sociedad fallida. Muchas veces los trabajadores se organizaron para ofrecerse como alternativa para la continuidad empresaria, cuando la enajenación del fondo de comercio se demoraba o no era posible. En casi todos estos casos se hizo una incorrecta interpretación del bien común o del bienestar general y se adjudicó una empresa a un grupo de trabajadores que protegía su propio interés y, a veces, bajo presión mediática.
Los legisladores, gobernantes o jueces deben evaluar correctamente los principios legales, evitando alterar el orden jurídico sobre el que debe asentarse la convivencia social. Esto vale, por ejemplo, para quienes impulsan desde la Cámara de Diputados un proyecto que propicia la expropiación de los bienes muebles e inmuebles que conforman el hotel Bauen, para entregarlos a la cooperativa de trabajadores que mantiene en funcionamiento el hotel, a quienes un juez les ha pedido el desalojo.
Probablemente en algunos casos la fábrica fue abandonada por sus dueños y puede existir una comprensible aspiración de los trabajadores a mantener su fuente de trabajo, pero también es cierto que la ocupación y autogestión obrera ha significado en general la violación del derecho de propiedad, transformando en letra muerta un precepto constitucional. El derecho de los trabajadores de reclamar ante sus empleadores o ante las autoridades no puede prevalecer sobre el derecho de propiedad ni sobre la inviolabilidad del domicilio.



