
¿Cuál es la Capital?
1 minuto de lectura'
E l 12 de junio de 1987 el Congreso de la Nación sancionó la ley 23.512 por la cual se dispuso el traslado de la capital de la República a Viedma y Carmen de Patagones. Esa ley no fue nunca derogada de manera que conserva vigencia formal aunque en los hechos no haya sido aplicada.
Se trata de una irregularidad que el Poder Legislativo tiene la obligación de corregir. El hecho de que una ley aprobada con todos los recaudos establecidos por la Constitución haya quedado en los papeles como una norma incumplida constituye una señal poco edificante reveladora de la baja estima que se tiene en el país por el derecho positivo vigente.
La Nación se opuso con firmeza en su momento a la decisión de trasladar la Capital pues consideró que se trataba de un proyecto teñido de irrealidad y contrario a los intereses generales del país. Al denunciar la subsistencia de esa norma trasnochada en nuestro ordenamiento legal no estamos formulando por lo tanto un reproche por su incumplimiento: lo que señalamos es la mora en que se encuentra el Congreso Nacional por no haberla derogado.
El respeto al orden legal es el componente indispensable para el normal funcionamiento de una democracia republicana. La falta de rigor y prolijidad en el cumplimiento de las formalidades prescriptas por la Constitución deteriora el prestigio de las instituciones y abre el camino a la desobediencia sistemática respecto de la normativa vigente.
La frustrada iniciativa del traslado de la Capital deja una enseñanza: pone de manifiesto los inconvenientes que surgen cuando se legisla sin tomar en cuenta las exigencias profundas de la realidad social de una nación. Pero los errores además deben ser corregidos por la vía que corresponde. Y es eso justamente lo que el Poder Legislativo hasta ahora no se ha tomado el trabajo de hacer.
Frente a las elecciones del 30 de junio los porteños se preguntan si el ciudadano que resulte elegido será además intendente de la Capital Federal.




