
La Corte Suprema y la "cuestión legal"
Por Alejandro Poli Conzalvo Para LA NACION
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En la historiografía argentina del último cuarto de siglo se ha investigado con profusión la llamada "cuestión social", que toma estado público hacia 1890 y se prolonga hasta el peronismo. Bajo esta denominación se estudian las consecuencias sociales provocadas por el proceso de modernización del país en aspectos tan variados como la aparición del anarquismo y el sindicalismo, la asimilación cultural de millones de inmigrantes, la evolución de las instituciones médicas, carcelarias y de la seguridad social, la protección del trabajo femenino y la minoridad, el hacinamiento urbano, etc., todas expresiones de los conflictos sociales que acompañaban el vertiginoso desarrollo del país. Sin embargo, no se ha prestado similar atención a la "cuestión legal", entendiendo por ésta la progresiva pérdida de poder y vigencia social de la Corte Suprema de Justicia como instancia inapelable para los otros poderes, cuya declinación se inicia con el golpe de 1930.
Sobre el golpe de Uriburu existe una copiosa bibliografía, que a pesar de sus profundas diferencias ideológicas coincide en definir ese acontecimiento como el punto de inflexión de la historia argentina del siglo XX. En nuestra opinión, el período que denominamos de la "barbarie institucional" se manifiesta con toda intensidad en 1930, pero sus orígenes se remontan a 1880, cuando la coalición conservadora de Roca derrota a Buenos Aires (la sociedad más democrática y progresista de la Nación) y consolida el incumplimiento del ideal democrático de Mayo, que la historia conoce como la República posible.
Como es una constante en la historia argentina, la ilegitimidad democrática del régimen inaugurado por Roca fue ocultada durante décadas por el progreso económico, aunque se debe reconocer que entonces se alcanzó un consenso tácito sobre el futuro del país: a pesar del virulento reclamo de elecciones libres, el modelo de progreso no era cuestionado en sus principios esenciales. Pues bien, desde 1863, en que asumen sus primeros jueces, hasta 1930, la Corte Suprema de Justicia tuvo un papel fundamental en preservar los derechos y libertades de la Constitución de 1853, que posibilitaron la transformación del desierto argentino en una nación próspera y de elevada cultura y educación. La intervención de la Corte para asegurar el respeto de los principios constitucionales hasta 1930 y su declinación posterior constituyen la "cuestión legal".
Esta intervención se concretó a través del "control judicial de constitucionalidad", como se denomina en teoría del derecho a la facultad que en las democracias modernas posee la Corte Suprema de Justicia de dictaminar sobre la constitucionalidad de leyes sancionadas por el Poder Legislativo. Esta facultad se extiende al contralor de actos de gobierno emanados del Poder Ejecutivo. Hasta 1930, la Corte argentina fue estricta en revocar leyes o medidas gubernamentales que no se ajustaran a los preceptos constitucionales y, lo que es más importante, gozaba de la autoridad y el prestigio social imprescindibles para que sus fallos fueran acatados por los otros poderes.
Basada en el racionalismo jurídico, la Corte garantizó derechos de líderes políticos perseguidos (y evitó judicializar la política), no convalidó expropiaciones que no se ajustaran a derecho, reguló los efectos del estado de sitio, defendió la libertad de prensa contra interpretaciones contrarias a la letra del Art. 32 de la Constitución, no aceptó el congelamiento de alquileres cuando existía un contrato previo y protegió la libertad de comercio y la propiedad privada contra diversos intentos regulatorios. En materia de impuestos, en numerosos casos declaró su inconstitucionalidad por las elevadas tasas o por su aplicación restringida a un grupo particular de ciudadanos con menoscabo de otros. En conjunto, la actuación de la Corte en esas décadas significó la máxima expresión de la seguridad jurídica. No es casual que esta firme posición se diera paralelamente al progreso del país.
Ante el golpe de 1930, la Corte debió asumir su posición frente al gobierno de facto. En una famosa acordada del 10 de septiembre de ese año, reconoció la existencia del nuevo gobierno sobre la base de su declaración de que mantendría la supremacía de la Constitución y de las leyes. Fue el inicio de un lento pero irrevocable retroceso del prestigio de la Corte.
En consonancia con el nuevo escenario económico, la Corte fue modificando su jurisprudencia, convalidando leyes y medidas de gobierno que antes habría rechazado: el control de precios, moratorias y topes de la tasa de interés en préstamos hipotecarios, contribuciones con fines particulares, regímenes de regulación del comercio de carnes, etc. En el proceso se deterioraron su previsibilidad y su imagen pública. Por eso, cuando el presidente Perón promovió juicio político contra sus miembros en 1946 sobre bases claramente políticas y los reemplazó en 1947 por integrantes favorables a sus intereses, la barbarie institucional que había comenzado a "institucionalizarse" con el golpe de 1930 alcanzó similar condición en el Poder Judicial. Desde entonces, la "cuestión legal" ha estado signada por la infidelidad de la Corte a las tradiciones de independencia y estricto control judicial de la constitucionalidad que cimentaron su prestigio hasta 1930.
Como en otras áreas de la vida argentina, aquí también cabe la esperanza de que hayamos aprendido de los errores cometidos, que en este caso se apoya en la autonomía que ha mostrado la actual composición de la Corte para consolidar la recuperación de su poder y equilibrar los abusos del Poder Ejecutivo y la lastimosa deserción del Congreso argentino de su rol fundamental de ámbito de debate de las grandes cuestiones nacionales.


