Leyes que no se cumplen
Entre las atribuciones del Poder Ejecutivo figura vetar total o parcialmente las leyes. Sin embargo, en nuestro país se ha venido desarrollando un tipo de veto no contemplado legalmente y al que el constitucionalista Daniel Sabsay llama con acierto "veto encubierto". Se trata de la falta de reglamentación que requieren numerosas leyes para poder tornarse plenamente operativas. En algunos casos, esas demoras pueden extenderse por años. Eso lleva a que un beneficio intensamente buscado por la sociedad o una disposición largamente debatida entre los legisladores y que contó con el aval del Congreso no puedan empezar a regir.
Es lo que sucede actualmente con una treintena de normas que no fueron reglamentadas. Solo por considerar los últimos tres gobiernos, la mayoría corresponden al período kirchnerista, pero las deudas también se extienden a lo que va de la gestión de Cambiemos.
Entre otras leyes en esa situación, se encuentran la sancionada en prevención del suicidio, la que dispone beneficios fiscales para las pymes ubicadas en zonas de frontera y la de fomento a las energías renovables. Tampoco rigen plenamente la ley contra el bullying, la de abordaje integral del autismo, la de jardines educativos no oficiales y la de chicos sin cuidado parental.
Están los casos en que la reglamentación se ha hecho, pero en forma indebida o incompleta. Por ejemplo, en un reciente estudio realizado por la Auditoría General de la Nación, quedaron demostradas claramente las deficiencias con que se ejecuta el programa nacional de prevención del mal de Chagas, a partir de una reglamentación mal instrumentada.
Cuando sostenemos la falta de inocencia de muchas de esas decisiones, apuntamos directamente a aquellos poderes ejecutivos que también reglamentan leyes según su conveniencia, como, por ejemplo, cuando se dispone como órgano de control uno que no es independiente de aquel.
Creer que la reglamentación de una ley es un paso insignificante o meramente formal constituye un grave error. Lo saben muy bien, por ejemplo, las personas no videntes o con discapacidad visual o auditiva severa, que no pueden disponer de su perro guía porque la falta de reglamentación les impide contar con el correspondiente certificado previsto en la ley de derecho al acceso, deambulación y permanencia.
Lo mismo sucede con la que estableció la promoción y capacitación en las técnicas de reanimación cardiopulmonar. Al no estar reglamentada, no fue posible crear la comisión ad hoc para instrumentar ese programa en todo el país. Otro ejemplo es la ley de promoción de los clubes de barrio, que no cuenta con los fondos presupuestarios necesarios.
Sin embargo, no toda la responsabilidad ha de recaer siempre en el Poder Ejecutivo. Hay leyes que los diputados y los senadores sancionan velozmente en respuesta a una demanda social creciente en las que dejan puntos claves sin resolver. Por ejemplo, cómo habrá de aplicarse, de dónde provendrá el financiamiento para hacerla efectiva, cuáles serán los organismos a cargo de su ejecución y control y cuál la sanción para quienes incumplan. Esas cuestiones, que muchas veces son delegadas a la reglamentación, también atentan contra la efectiva aplicación de una norma, en este caso, por la actitud demagógica de un sector numeroso de los representantes del Congreso al trasladar a otro poder la resolución final de un tema conflictivo o delicado, que debió haber sido resuelto en el ámbito legislativo.
Cuando se sancionó la que fue bautizada "ley Justina", modificatoria de la de donación de órganos, se produjo un tenso y no resuelto debate sobre varios puntos, entre ellos, si la infraestructura sanitaria estaba preparada, qué hacer si las nuevas donaciones llegasen a superar la capacidad de trasplante o cómo resolver adecuadamente las dificultades a las que se enfrentarán médicos y centros médicos en cada caso en particular.
La frustrada ley de legalización del aborto planteaba muchos más problemas que, por lo que se vio en la discusión en el Congreso, no iban a ser resueltos en una eventual sanción. De haber visto la luz, se hubiera cargado al Poder Ejecutivo con la decisión y el costo político de tener que vetarla por haber sido diagramada como de cumplimiento imposible.
Las leyes no deben sancionarse como meras expresiones de deseos. Si un ciudadano se ve obligado a tener que ir a la Justicia porque la ley que vino a darle una solución en cambio se la retacea, algo está funcionando mal.
Los poderes del Estado son independientes. Pero sus integrantes deberían ser conscientes de que independencia no significa desentenderse de los efectos que en los otros habrán de tener sus decisiones.