Más información pública, más democracia
Tras una larga y deplorable demora, nuestro país cuenta con una ley que brinda a los ciudadanos una poderosa herramienta de control de gestión
LA NACIONDespués de 15 años de demoras injustificables, nuestro país cuenta con una ley que obliga a los tres poderes del Estado, al Ministerio Público, a partidos políticos y a gremios, universidades y empresas que reciban aportes públicos a dar la información que les requiera todo ciudadano y en un plazo acotado.
Esta norma de acceso a la información estatal importa un avance clave en materia de protección y garantía en el ejercicio de un derecho humano fundamental de la vida democrática. Transparentar los actos de gobierno no es una concesión que se les hace a los ciudadanos, sino un deber. El ciudadano es el dueño de la información que el Estado produce y debe guardar debidamente para ser ofrecida en caso de que le sea reclamada.
Llegar a algo tan necesario no fue fácil en nuestro país. Año tras año durante la última década y media, fracasaron todos los intentos de obtener una ley de este tipo. Mezquindades políticas, obstáculos de lo más creativos para evitar supervisiones y un deliberado desinterés de parte de legisladores y gobernantes en ser controlados nos privaron durante todo este tiempo de contar con una herramienta básica de la democracia. De no haber sido por el enorme impulso que dieron al tema organizaciones de la sociedad civil, la espera hubiera sido aún mayor.
Valga como ejemplo el caso judicial que se convirtió en un hito de esta lucha por la sanción de una ley nacional en la materia. Nos referimos a la acción de amparo interpuesta en 2012 por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) contra el Estado nacional para que el PAMI informara sobre la distribución de la publicidad oficial. El caso llegó hasta la Corte Suprema, que ordenó proveer esa información, resolviendo en favor del derecho de los ciudadanos de acceder a ella. El antecedente del decreto de 2003 suscripto por el entonces presidente Néstor Kirchner sobre acceso a la información pública era limitado y rara vez los funcionarios lo cumplían. Así, moría en sus escritorios la mayoría de los pedidos.
La ley sancionada anteayer en la Cámara de Diputados por 182 votos positivos frente a 16 negativos (provenientes estos últimos de los bloques de izquierda, del socialismo y de Libres del Sur) ordena plazos muy precisos para que los órganos del Estado cumplan con su deber de informar: deben hacerlo dentro de 15 días de recibido el pedido y cuentan con una prórroga excepcional de un período idéntico. No más. Entre las excepciones a la entrega de esos datos figuran la información reservada, confidencial o secreta por razones de defensa o de política exterior; la que pudiese poner en peligro el sistema financiero, y los secretos de ese sector, los científicos e industriales cuya revelación pudiese dañar el nivel de competitividad.
Los diputados decidieron insistir en la versión que esa cámara había sancionado en mayo pasado, por lo que fueron descartadas las modificaciones propuestas por el Senado, lamentablemente entre ellas, la que también obligaba a informar a las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, como el caso de YPF.
Más allá de algunas observaciones que puedan realizársele, la norma representa un avance indiscutido.
Resulta paradójico que el kirchnerismo en el Congreso la haya votado ahora favorablemente cuando durante 12 años y medio hizo lo imposible por esconder información y obstaculizar el tratamiento de esta ley.
Entre los puntos por destacar de la flamante norma figuran los siguientes:
- Regula el derecho de los ciudadanos a conocer la información pública.
- Establece que quien hace el pedido no necesita identificarse ni fundamentar su solicitud, ya que es su pleno derecho conocer el funcionamiento de los organismos púbicos.
- Estipula que la entrega de la información debe hacerse en formatos digitales abiertos, permitiendo que sean usados y distribuidos libremente por cualquier persona.
- Crea órganos de control de transparencia al tiempo que obliga a implementar políticas activas de modo de mantener actualizada la información clave para el control de la gestión estatal.
Este último punto es determinante, pues para que haya un verdadero acceso debe existir un proceso previo: que la información se produzca y se guarde, y uno posterior: que se utilice.
Resta ahora la reglamentación por parte del Poder Ejecutivo, la que debe contemplar la promoción de la cultura de la transparencia en las instituciones públicas. De nada sirve una ley si los funcionarios no se convencen de que esa información no les pertenece, sino que es propiedad de los ciudadanos. Cabe recordar que, a pesar de que el derecho a la información está reconocido por nuestra Constitución, no era cumplido. Hoy contamos con una ley nacional que deja a nuestro país fuera del pequeño grupo de naciones que siguen negándose a transparentar sus actos de gobierno, entre ellas, Venezuela, Bolivia y Cuba.
Habernos dado una norma en ese sentido es un gran paso, pero apenas el primero de un largo camino que garantice la efectiva vigencia del derecho, brindando una herramienta robusta para que la transparencia y la rendición de cuentas sea la regla y no la excepción.
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