Para terminar con los juicios previsionales
Los juicios previsionales contra la Anses no llegan al 4% del universo de jubilados. Sin embargo, desde hace décadas son una de las grandes preocupaciones de los distintos gobiernos de turno, la prensa y la sociedad. Los años pasan, los gobiernos cambian y los jubilados quedan con juicios en trámite o con sentencias pendientes de cobro. Sin embargo, con voluntad política y responsabilidad es posible poner fin a esta situación. Habría que diseñar un programa de "juicios previsionales cero".
La cuestión presenta tres problemas: deudas con sentencias firmes; juicios en trámite en la justicia federal de la Seguridad Social y en los juzgados federales del interior, y el fantasma de nuevos juicios.
Estos asuntos deben tratarse desde una visión integral y no parcial. Hay que tener en cuenta los actores institucionales y los destinatarios del programa. Los actores institucionales son aquellos órganos u organismos nacionales a los que la legislación impone la obligación de dar respuestas definitivas a los jubilados: el Poder Ejecutivo Nacional (PEN), el Ministerio de Trabajo (en especial la Secretaría de Seguridad Social), la Anses, el Poder Judicial (en particular la Cámara Federal de la Seguridad Social) y el Ministerio Público Fiscal (fiscalías federales de la seguridad social).
Los destinatarios del programa son todos los ciudadanos que con sus tributos contribuyen a sostener el sistema. En especial los jubilados, quienes tienen derecho a una respuesta en plazos razonables.
En primer lugar, con relación a las deudas con sentencias firmes, el PEN y la Anses han anunciado su voluntad de saldarlos. Si bien la Anses en los últimos años ha liquidado una importante cantidad de sentencias, el número aumentó con el correr del tiempo. Al tratarse de sentencias firmes, la Anses debe reajustar el haber mensual y pagar el retroactivo en tiempo y forma. Para eso, es necesario tener en claro el monto total de la deuda y las posibilidades de pago, que aumentarían con la reducción al mínimo de los gastos menos relevantes que satisfacen derechos subjetivos. Estos gastos pueden ser protocolares, administrativos (sin despido alguno), publicitarios, etc.
Si las cuentas dan, se podría cumplir con las mandas judiciales en efectivo, sin necesidad de admitir bonos. Así se saldaría una deuda social y se abriría el camino para que las liquidaciones futuras se cumplieran en término.
Los juicios en trámite -el segundo de los problemas- son largos y engorrosos. Se dividen en dos etapas, de conocimiento y de ejecución. En la primera, se discute si el jubilado tiene derecho al reajuste por movilidad del haber. Concluye luego de varios años, con una sentencia que fija los índices que deben tenerse en cuenta para la determinación del haber y el pago del retroactivo.
La Anses tiene 120 días para cumplir la manda judicial. En su defecto, los actores pueden ejecutarlas judicialmente. Esta segunda etapa también dura mucho tiempo. La contra de los juicios estriba en que la primera etapa termina con una sentencia abierta, por no fijar los montos de la deuda, del haber mensual y del retroactivo. Esto recién se determina en la segunda etapa, de ejecución, donde se aprueba la liquidación. Ésta es una de las causas más importantes del letargo de los juicios, que angustia a la clase pasiva.
El Código Procesal actual permite que en los juicios se exija a las partes que presenten la liquidación junto con la demanda. Esto obligará a que la Anses conteste con otra liquidación. De ser así, el trámite de las liquidaciones se adelantará a la etapa de conocimiento y la sentencia saldrá con determinación de la cuantía del haber mensual y del retroactivo. La decisión dejaría de ser abierta, para ser cerrada y completa.
El Poder Judicial aprobará una liquidación que se adecue a la verdad y los jubilados ganarán tiempo.
Precisamente esta propuesta desalentará futuros juicios innecesarios. En ese temperamento, los letrados estarán obligados a practicar la liquidación antes de iniciar los juicios. Si el resultado no fuere favorable, carece de sentido impulsar la causa.
Todos los funcionarios implicados tenemos la obligación de actuar en forma coordinada para saldar de manera inmediata esta deuda social con los jubilados. Debemos dar respuesta urgente para lograr la premisa "juicios previsionales cero".
Gabriel De Vedia