
Transparencia sí, limitaciones a la sociedad civil organizada, no
Regular el lobby corporativo es una demanda legítima y necesaria, pero las asociaciones civiles y fundaciones sin fines de lucro no deben quedar sometidas a obligaciones, registros, sanciones e incluso riesgos penales por ejercer una función que la propia Constitución reconoce y promueve: la defensa del ambiente.

La Argentina necesita más transparencia en la relación entre el poder público y los intereses privados. En eso no debería haber dudas. Toda sociedad democrática debe saber quién intenta influir sobre una decisión estatal, con qué objetivos, en representación de quién y con qué recursos. Regular el lobby corporativo, los conflictos de interés y las gestiones opacas ante funcionarios es una demanda legítima y necesaria.
Pero una ley de transparencia mal diseñada puede terminar produciendo el efecto contrario: desalentar la participación ciudadana, debilitar a las organizaciones de la sociedad civil y convertir en sospechosa la defensa del interés público. Una ley que obligue a registrarse a cualquiera que dialogue con el Estado, bajo amenaza de sanción, no producirá más transparencia. Producirá autocensura, burocracia defensiva y miedo. Y el derecho penal -que debe ser la última herramienta, reservada a conductas claramente lesivas- no puede convertirse en un mecanismo para disciplinar a ciudadanos, técnicos, investigadores y comunidades que participan en asuntos públicos.
El proyecto de ley de gestión de intereses que se intenta discutir en el Congreso, por iniciativa del PE, plantea una preocupación central para las organizaciones ambientales: su redacción es tan amplia que podría equiparar la defensa de la naturaleza con una actividad de lobby. En particular, preocupa que asociaciones civiles y fundaciones sin fines de lucro puedan quedar sometidas a obligaciones, registros, sanciones e incluso riesgos penales por ejercer una función que la propia Constitución Nacional reconoce y promueve: la defensa del ambiente.
Las organizaciones ambientales no actuamos en secreto ni perseguimos beneficios económicos particulares. Trabajamos para conservar la biodiversidad, proteger la fauna y la flora, promover áreas protegidas, acompañar políticas públicas, alertar sobre daños ambientales y representar una preocupación social creciente: que el desarrollo del país no se haga a costa de destruir su patrimonio natural.
¿Puede considerarse lobby que una organización ambiental pida la creación de un parque nacional? ¿Debe tratarse como una gestión sospechosa la participación técnica en la implementación de un área protegida? ¿Podría ser penado defender especies amenazadas, humedales, bosques nativos, pastizales o recursos naturales de todos los argentinos?
La pregunta no es menor. la Fundación Vida Silvestre o Aves Argentinas, y muchas otras organizaciones han sido actores fundamentales en la creación, ampliación e implementación de áreas protegidas en el país. Esa tarea no reemplaza al Estado ni lo condiciona indebidamente: lo fortalece. Aporta conocimiento técnico, experiencia territorial, respaldo ciudadano y cooperación institucional. En muchos casos, las organizaciones de la sociedad civil han contribuido donde el Estado no llegaba o no tenía capacidades suficientes.
Por eso preocupa especialmente la debilidad con la que el proyecto parece abordar el concepto de bien público. Las organizaciones ambientales somos entidades sin fines de lucro, sometidas a controles legales y administrativos. Ya rendimos cuentas ante organismos como la Inspección General de Justicia, presentamos balances, cumplimos normas societarias, laborales, impositivas y administrativas.
Defender la fauna, la flora, los ecosistemas y los recursos naturales no puede ser tratado como una amenaza. Es una contribución al interés público
Regular el lobby corporativo es razonable. Exigir transparencia cuando grandes intereses económicos buscan influir sobre decisiones públicas también lo es. Pero no es razonable colocar en la misma categoría a una empresa que busca obtener un beneficio regulatorio, fiscal o contractual, y a una organización sin fines de lucro que propone proteger un bosque nativo, crear un parque nacional o evitar la extinción de una especie.
La ley debería distinguir con claridad entre la gestión de intereses privados y la participación de organizaciones de bien público.
Estamos a favor de una ley de transparencia. Pero la transparencia no puede convertirse en una herramienta que limite el diálogo democrático. Una democracia sana necesita saber quién influye sobre el Estado; también necesita proteger a quienes, desde la sociedad civil, trabajan para que el Estado cumpla mejor sus obligaciones.
Defender la fauna, la flora, los ecosistemas y los recursos naturales no puede ser tratado como una amenaza. Es una contribución al interés público. Y en la Argentina, donde la crisis ambiental avanza más rápido que muchas respuestas estatales, debilitar a las organizaciones que trabajan por la conservación sería un grave retroceso institucional.
La verdadera pregunta es qué tipo de país queremos construir: uno donde la ciudadanía organizada pueda participar, proponer, alertar y colaborar; o uno donde la defensa del ambiente sea vista con sospecha.
Transparencia, sí. Control democrático, también. Pero nunca a costa de criminalizar la participación ciudadana ni de confundir el lobby de intereses privados con la defensa del bien común.
Casañas, Director Ejecutivo de Aves Argentinas; Jaramillo, Director General Fundación Vida Silvestre Argentina


