Un veto que debe ser aplaudido
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Corresponde aplaudir calurosamente la decisión del Poder Ejecutivo Nacional de vetar la ley sobre mantenimiento, preservación y difusión del patrimonio cinematográfico que el Congreso sancionó días atrás.
Es inexplicable que en momentos en que el Estado afronta una de las crisis económicas más severas de su historia, que se refleja en la dramática situación del sistema previsional y del PAMI, así como en los recursos extremos a que se apela para incrementar el salario de los docentes, elCongreso de la Nación haya sancionado una ley que dispone la creación de un organismo público totalmente superfluo y potencialmente conflictivo: la Cinemateca yArchivo de la Imagen Nacional (Cinain).
No menos incomprensible es que se pretenda instaurar en el país un régimen de conservación del acervo cultural basado en autoritarios e inaceptables procedimientos de apropiación y exacción del material fílmico perteneciente a las personas privadas.
La ley que acaba de vetarse pone al descubierto la irresponsabilidad y la ligereza con que se suele legislar en la Argentina. Es inexplicable que diputados y senadores nacionales hayan votado favorablemente una iniciativa que, de haber sido promulgada, habría generado una superposición irracional de funciones y organismos públicos, a la vez que habría significado un peligrosísimo avance del Estado sobre el derecho de propiedad y la libre disponibilidad de los bienes privados de las personas, dados los alcances del poder de policía que se pretende otorgar al flamante organismo.
Con el pretexto de que es necesario preservar el patrimonio cinematográfico argentino y evitar su degradación o desaparición, el extravagante proyecto sancionado por el Congreso dispone la creación de una especie de superorganismo que tomará a su cargo muchas de las funciones que actualmente cumplen el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, el Archivo General de la Nación, el Museo Municipal del Cine, la Biblioteca Nacional, las universidades nacionales y el Fondo Nacional de las Artes, entre otros, más algunas prestigiosas instituciones culturales del campo privado, como la Fundación Cinemateca Argentina o la Universidad del Cine.
La simple lectura de los deberes y las funciones que la ley atribuye a este nuevo ente cinematográfico estatal permite advertir que su destino será chocar con otros organismos ya existentes del área cultural. Se establece, por ejemplo, que la Cinain se ocupará de recuperar, restaurar, mantener, preservar y difundir el acervo audiovisual nacional y universal, así como de mantener un centro de documentación y estudios audiovisuales, una biblioteca especializada, salas de exhibición cinematográfica y videográfica.
También se le encomienda organizar un Museo Nacional del Cine, crear un archivo fotográfico digital del cine argentino y comprar una sala de cine en el centro de la CapitalFederal, que la propia Cinain programará y administrará. Se trata, en todos los casos, de funciones y actividades que las leyes confían a las instituciones públicas antes mencionadas o que son cubiertas con probada idoneidad por entidades privadas de antiguo arraigo en el país, como es el caso evidente de la cinemateca. El texto legal aprobado dispone, además, que el Poder Ejecutivo deberá donar un edificio para que funcione como sede de la Cinain o, en su defecto, deberá proveerle los fondos para su adquisición.
El argumento de que el nuevo organismo no ocasionará gastos significativos porque absorberá las funciones y los recursos de otros órganos ya existentes carece de validez y debe ser rechazado de plano: la expansión burocrática es siempre, por si sola, un paso hacia el crecimiento desmedido de las erogaciones públicas, cuando no una puerta abierta al despilfarro.
Pero el proyecto, como ya se dijo, no sólo es preocupante por el gasto eventual que demandaría su ejecución, sino también -y muy especialmente- por las atribuciones que se le otorgan al nuevo ente, que "tendrá poder de policía al efecto de obtener información sobre el estado de cualquier producto audiovisual nacional o de otro origen si estuviere en el dominio público" y también de "disponer la obtención de copias, que quedarán bajo su custodia".
Más grave aún es lo que dispone el artículo 13, por el cual se "declara de utilidad pública, en los términos del artículo 17 de la Constitución Nacional, a los negativos y copias existentes en el país o que se introduzcan en el mismo de películas de largometraje y cortometraje, cintas en las que se hubieren registrado películas de largo metraje o corto metraje o telefilms una vez transcurridos cinco años de su estreno comercial en la Argentina".
El proyecto tiene, pues, un claro espíritu totalitario y antijurídico, que atenta contra derechos individuales básicos y viola principios constitucionales. La opinión pública debe celebrar que haya sido vetado y debe exigir que el Congreso se abstenga de insistir en este absurdo e innecesario propósito de engordar el aparato burocrático estatal y, lo que es peor, de otorgar al poder público atribuciones inconciliables con el respeto que imponen el Estado de Derecho y las garantías y los derechos individuales.



