Tomas de tierras. ¿Qué dice la ley del delito de usurpación?
No toda toma te tierras configura el delito de usurpación. El Código Penal establece, en el artículo 181, que será reprimido con una pena de prisión de seis meses a tres años quien "despojare a otro" de la posesión o tenencia de un inmueble cuando ese despojo sea "por violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad".
El delito puede materializarse, prevé el Código, "invadiendo el inmueble, manteniéndose en él o expulsando a los ocupantes", y si se dan estos requisitos, basta con que el despojo sea "parcial" para que exista delito.
Es clave entonces el modo de la ocupación (que exista violencia, engaño, amenaza, abuso de confianza o clandestinidad). Fue por la falta de estos supuestos, por ejemplo, que la fiscal federal de Bariloche, Sylvia Little, entendió que en una toma en El Bolsón no hubo delito. "Lo que corresponde es ir por la vía civil, por el desalojo, porque delito no había", informó a LA NACION una fuente de la Procuración, que dijo que en ese caso eran 15 las familias involucradas (advirtió que la fiscal se había pronunciado solo en uno de los cuatro expedientes por tomas en el lugar).
El intendente de El Bolsón,Bruno Pogliano, criticó a la fiscal por esa decisión. La semana pasada, después de reunirse con ella para hablar de la toma de los terrenos del INTA, dijo que estaba muy contrariado porque para la fiscal no había delito.
El artículo 181 también reprime la alteración de los límites y la "turbación". Castiga con la misma pena -prisión de seis meses a tres años- a quien "para apoderarse de todo o parte de un inmueble, destruyere o alterare los términos o límites del mismo" y a quien "con violencias o amenazas, turbare la posesión o tenencia de un inmueble".
La víctima de la usurpación, según el Código, no necesariamente debe ser dueña del inmueble; también podría ser, por ejemplo, un inquilino. El artículo 181 reprime al que despojare a otro "de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él".
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