La Argentina optó por una forma de castigo "consecuencialista"
Los temas de reflexión que nos dejó la última dictadura militar son graves y muy numerosos. Por ejemplo: ¿qué disposiciones personales y colectivas hicieron posible semejantes niveles de horror? ¿Cómo pudimos llegar tan lejos, como sociedad? ¿Qué explica que hayamos podido convivir, en su momento, con tales niveles de crueldad? ¿Cuánto cambiamos desde entonces? Los interrogantes pueden multiplicarse al infinito.
En lo que sigue, me concentraré en una línea de reflexión diferente, que considero relevante y poco explorada, que tiene que ver con la cuestión penal y el castigo, luego de la dictadura.
En los albores del gobierno de Raúl Alfonsín se pensó mucho acerca de cómo responder penalmente frente a los graves sucesos acaecidos. Dos respuestas sobresalieron entonces, entre las muchas posibles.
La primera decía: corresponde castigar a cada uno de los que participaron de la dictadura, dado que todos (los militares) estuvieron involucrados en los crímenes cometidos (respuesta "retributivista"). La segunda alternativa, que terminaría por imponerse, sostuvo en cambio: corresponde concentrarse sólo en el castigo de los principales responsables (respuesta "consecuencialista"). De este modo -se creía- se iba a desincentivar a los jefes militares a involucrarse en nuevas asonadas, y a la vez se resguardaba a la democracia frente a intentos golpistas que -se anticipaba- podían desatarse si se optaba por la opción del castigo a todos los partícipes (como pedía la respuesta "retributivista").
El hecho notable es que en América latina, una región que fue asolada por brutales golpes militares en la década del 70, se ensayaron respuestas de las más diversas frente a las pasadas dictaduras.
Así como la Argentina optó por formas de castigo "consecuencialistas", otros países se contentaron con impulsar "comisiones de verdad", otros promovieron leyes de amnistía totales o parciales; otros más enfatizaron las respuestas "reparatorias". Y lo cierto es que, a pesar de estas enormes diferencias, todos los países de la región terminaron encontrándose, al final del día, con resultados en lo sustancial muy similares: no se produjeron nuevos golpes militares, las fuerzas armadas perdieron incentivos y capacidad de controlar la política, y no se volvieron a producir violaciones masivas de derechos humanos.
Lo ocurrido nos obliga a repensar nuestras previas conclusiones en materia penal: ¿se trata de que la vida política es, contrario a lo que pensábamos, autónoma respecto de las políticas penales? ¿El derecho penal debe independizarse de los cálculos políticos? ¿Se trata de reconocer que las cuestiones de derechos humanos deben atenderse con herramientas que no son única o primariamente penales? En definitiva, ¿será que las respuestas penales deben guiarse por criterios más principistas y democráticos, desinteresándose tanto del devolver violencia con violencia (la "retribución"), como de las obsesiones consecuencialistas?
El autor es sociólogo y abogado constitucionalista
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