Los que ya perdieron las elecciones de octubre
Son partidos históricos que no cuentan con el mínimo de afiliados requerido por la "ley de reforma política"; la lucha por la supervivencia
Mientras los justicialistas discuten por las "listas colectoras" y los radicales por su "interna anticipada"; en la otra punta del mapa político argentino los partidos minoritarios debaten una problemática más compleja: cómo sobrevivir a la reforma política. Se trata de agrupaciones "históricas" cuya presencia se verá seriamente disminuida en los próximos comicios presidenciales por las caducidades dictadas por la Cámara Nacional Electoral .
Entre los partidos perjudicados sobresalen el Demócrata Cristiano, que perdió personería en doce provincias; el Humanista, que tuvo diez prescripciones; y el Obrero y el Comunista, ambos con nueve. Ellos son los más castigados por la sangría que ya arrojó 149 caducidades en firme y otras 57 en proceso de apelación.
La ley 26.571 , conocida como de "Reforma Política", sancionada el 2 de diciembre de 2009, fija nuevas reglas para el funcionamiento de las agrupaciones políticas e introduce dos disposiciones polémicas dentro de su articulado.
La primera estipula que cada partido debe contar "en forma permanente", en el distrito correspondiente con una cantidad de adhesiones no inferior al cuatro por mil del padrón de electores, cifra que en los distritos con más de un millón de habitantes equivale a 4000 afiliados. Hasta la sanción de la ley, ese piso de voluntades sólo se requería al momento de la fundación del partido, ahora el piso es verificado una vez por año.
La segunda cláusula objeto de controversia establece que las fuerzas políticas deben haber alcanzado en dos elecciones "nacionales" sucesivas el dos por ciento (2%) del padrón electoral del distrito correspondiente. Antes de la entrada en vigor de la norma, al partido le bastaba con alcanzar ese porcentaje "en algún distrito".
Estos nuevos requisitos son monitoreados el segundo mes de cada año por el Ministerio Público Fiscal que puede impulsar la declaración de caducidad de la personería jurídica si así correspondiese.
Durante la discusión de la ley, las fuerzas minoritarias lograron aplazar "la entrada en vigor" de esas dos restricciones. Según lo apuntado por los artículos 107 y 108, las mismas comenzarían a aplicarse recién partir del 31 de diciembre de 2011, es decir, luego de las elecciones presidenciales. Sin embargo, esa concesión fue anulada por Cristina Kirchner, dos semanas después de la aprobación, mediante un veto de esos dos artículos.
El Partido Obrero (PO) fue inhabilitado en 9 jurisdicciones incluyendo los distritos más importantes: Capital Federal, Buenos Aires, Santa Fe y Córdoba. Uno de sus dirigentes más emblemáticos, Néstor Pitrola, confió en que la fuerza logrará derrotar lo que calificó como una "reforma brutal" y presentar candidatos en al menos 16 distritos.
"Presentamos un recurso extraordinario en la Corte Suprema que está pendiente de resolución", contó Pitrola a lanacion.com . "También iniciaremos una campaña de movilización política para luchar contra la reforma y otra para obtener más afiliaciones".
En la provincia de Buenos Aires, por las trabas burocráticas que hay para revertir la caducidad, se decidió registrar al partido con otro nombre: Política Obrera. El dirigente explicó que también otros sectores están trabajando para "legalizar nombres diversos" como sucedió, por ejemplo, en Santa Cruz donde se obtuvo la denominación del Frente de Unidad Trabajadora".
Para Pitrola, el piso de afiliados es proscriptivo. "Hoy el monitoreo de la Cámara Nacional Electoral en el tema es permanente, casi persecutorio, y también nos complican con las nuevas afiliaciones: nos piden fotocopia del DNI y la desafiliación del nuevo afiliado de su anterior partido ya no es automática", se quejó.
La otra restricción que desvela a los dirigentes del PO es la "prohibición de la doble candidatura", muy habitual en las fuerzas emergentes en las que no sobran figuras reconocidas. "Es muy gracioso que los creadores de las candidaturas testimoniales prohíban a las fuerzas emergentes ese juego", ironizó el dirigente.
Con el retiro de su habilitación en 12 distritos, incluida la Capital Federal, el Partido Demócrata Cristiano (PDC), aquel del que emergiera el Frente Grande con Carlos "Chacho" Álvarez como figura emblemática, fue el más castigado por las restricciones de la norma en cuestión.
"El piso de afiliaciones requerido es muy alto", cuestionó su vicepresidente, Eduardo Verdille. "Además, estamos ante una ley que viola la Constitución Nacional porque toma como referencia los resultados de elecciones anteriores, en lo que constituye un criterio claramente retroactivo."
Verdille advirtió un "interés electoral" en la puesta en vigencia tan precipitada de la ley. "La realidad es que los más afectados son los partidos de izquierda y sus afiliados van a votar al Gobierno antes que a Macri", agregó.
No le fue mucho mejor al Partido Humanista. La agrupación, que acompañó en 2009 al oficialista Frente para la Victoria en Capital Federal, en la lista que encabezó Carlos Heller, perdió presencia en 10 distritos; incluso en Entre Ríos, donde vive su actual secretaria general, Bernardita Zalisñak.
La dirigente contó que lograron mantener la condición de "partido nacional" (se requiere de presencia en al menos cinco distritos), pero que están lejos de su mejor momento, allá por el 2001, cuando llegaron a tener representación en todas las provincias. "De los 15 distritos con que contábamos sólo retuvimos la personería en cinco", explicó.
Los humanistas desarrollaron campañas de afiliación con las que lograron el piso requerido en La Pampa y Santa Fe, pero tuvieron que ir a la justicia en otras jurisdicciones. "Es una ley que coarta la participación democrática de las minorías", afirmó Zalisñak.
En esa misma línea piensan en el Partido Comunista. La agrupación política, que funciona en el país desde 1918, sufrió nueve caducidades y allí creen que "la ley sólo benefició a justicialistas y radicales, a nadie más".
"Esta reforma genera un intervencionismo brutal a nivel estatal sobre la vida de los partidos", se lamentó ya durante la discusión del proyecto su secretario general, Patricio Echegaray, a través de un documento. "Es una ley que proscribe de hecho a las fuerzas políticas menores por los pisos arbitrarios que establece para impedir su acceso a los parlamentos nacionales y provinciales."
Pese a estas caducidades, según datos de la misma Cámara Nacional Electoral, todavía existen en el país 546 partidos políticos de distrito y 37 en el orden nacional, aunque todavía queda pendiente otro requisito previsto por el nuevo régimen: reunir por lo menos el 1,5% de los votos válidos en las elecciones primarias del 14 de agosto próximo, para poder presentar candidatos en la elección general.
Del vendaval de retiro de personerías no se salvaron ni las fuerzas de figuras de mayor convocatoria como Elisa Carrió o Pino Solanas. La Coalición Cívica perdió su personería en San Juan y Entre Ríos, aunque ambas decisiones fueron apeladas; en tanto Proyecto Sur quedó inhabilitado en Tierra del Fuego.
Qué dice la ley en otros países. Como ya se explicó, en Argentina un partido político requiere para funcionar la adhesión del cuatro por mil del registro de electores en cada distrito, y además debe alcanzar el dos por ciento (2%) de ese mismo padrón en las últimas dos elecciones para no caducar.
En Brasil, el artículo 7° de la ley electoral establece que las fuerzas deben contar con una adhesión del 0,5 por ciento, pero no del padrón, sino de los "votos emitidos en la última elección", y deben obtener por lo menos el 0,1 por ciento de los votos en cada distrito.
En Chile, la ley 18.603 pide "igual porcentaje de adherentes" que la norma brasilera, pero exige en su artículo 42° que los partidos políticos alcancen "el 5 por ciento de los sufragios" en las elecciones para no perder la personería.
Distinto es el caso de la ley 18.485 que regula el funcionamiento de las agrupaciones políticas en Uruguay. El artículo 7° impone a los partidos que para funcionar tengan las firmas de por lo menos el 0,5 por mil del "total de ciudadanos habilitados para votar en la última elección nacional", no habla en cambio de un piso de votos a obtener.
La opinión de los juristas
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