La Anmat prohibió el uso y comercialización de dos marcas de repelentes y de varios productos de limpieza
El organismo dependiente del Ministerio de Salud publicó las restricciones en el Boletín Oficial; se trata de elementos que no están registrados o que fueron falsificados
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió “el uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea” de dos marcas de repelentes y de una serie de productos de limpieza. La decisión se debe a que no tienen “registros de establecimiento y de producto”, por lo que se consideran ilegales.
A través de la disposición 417/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el organismo dependiente del Ministerio de Salud estableció las restricciones sobre el “repelente natural en base de aceite de citronella marca Mosquichau en todos sus lotes, presentaciones, vencimientos y contenidos netos”.
“Consultada la base de datos de productos inscriptos ante la Anmat, perteneciente al Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal, no se hallaron productos cuyos datos identificatorios se correspondan con los obrantes en el citado repelente”, señala el texto.
La entidad hizo lo propio con otro preparado de las mismas características en la disposición 459/25, donde mencionan que “se detectó la comercialización de un producto repelente de insectos de origen nacional falsificado, identificado fraudulentamente bajo la denominación “Stop, repelente de insectos” de marca Dr. Farma”, que presentaba datos falsos referidos a su supuesta inscripción sanitaria”.
“Con la finalidad de proteger a eventuales usuarios de los efectos derivados del uso del producto involucrado, toda vez que se trata de un repelente de insectos falsificado, para el que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración, y en consecuencia, para el que no es posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable, el Departamento de Control de Mercado sugiere prohibir el uso, la comercialización, la distribución en el territorio nacional y publicación en plataformas de venta en línea del producto falsificado de origen nacional que declara en su etiquetado datos falsos referidos a su inscripción sanitaria”, señala el texto oficial.
En la misma sintonía, a partir de disposición 465/2025, la Anmat marcó prohibiciones sobre “los productos formulados identificados como aromatizantes, limpiadores, acabados de superficies, desengrasantes, desinfectante de superficie; y todo otro domisanitario de la marca “Edison”.
En este caso, con la idea de “advertir a pacientes y profesionales, toda vez que se trata de un producto domisanitarios ilegítimos que deviene en riesgo para la salud”, el Departamento de Control de Mercado sugirió “prohibir el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todas las presentaciones” de los productos de ese listado y de “todo otro domisanitario de la marca “Edison”, hasta tanto se encuentren debidamente regularizados”.
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