Desde hoy los argentinos vacunados en el exterior podrán validar su constancia
Quienes deseen acreditar la aplicación de la vacuna, deberán hacerlo ingresar al portal “Mi Argentina”
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El Gobierno determinó que las personas que residan en la Argentina y se hayan vacunado en el exterior contra el Covid-19 tendrán la posibilidad de solicitar una constancia de su aplicación a través del portal “Mi Argentina” siempre y cuando lo hayan hecho con una vacuna autorizada para su uso o precalificada por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Así, mediante la Resolución 2673/2021, el Ministerio de Salud estableció que esta acreditación es voluntaria, y debe hacerse desde el sitio web del Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina”, sección “Mis trámites”. Para ello, la persona que quiera solicitar el registro deberá informar, con carácter de declaración jurada, los siguientes datos: DNI, sexo al nacer, nombre y lote de la vacuna recibida, N° de dosis, y lugar (establecimiento, ciudad y país) y fecha de aplicación. Y aclararon: “En caso de personas menores de 13 años, sus representantes legales podrán declarar su aplicación”.
En los considerandos se explica que este registro tendrá carácter de declaración jurada. “Al no contar con una instancia de control previa de la administración, su veracidad será asegurada mediante un juramento ante la autoridad administrativa, presumiéndose cierta, salvo prueba en contrario, asumiendo el declarante la absoluta responsabilidad sobre la veracidad de su declaración”.
![Filas de autos y controles en el centro de vacunación de Marlins Park, en Miami](https://resizer.glanacion.com/resizer/v2/filas-de-autos-y-controles-en-el-centro-de-S27HTAL2AJAOBBBJSPJVLA6U4E.jpg?auth=fa1e3ff41ffa149b9aa9ca01461cce5980b44b487a8649a7b73ecfd736e3c7ed&width=420&height=280&quality=70&smart=true)
La constancia podrá descargarse -por única vez- en formato PDF y los declarantes recibirán vía mail una constancia de los datos declarados. En el documento firmado únicamente por Carla Vizzotti, añaden: “Las distintas jurisdicciones podrán solicitar información a los ciudadanos y ciudadanas que hayan declarado su vacunación en el marco de la presente Resolución, con relación al estado de sus coberturas y/o a fin de monitorear eventuales eventos adversos supuestamente atribuibles a la vacunación y/o cuando éstas lo estimen pertinente”.
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