
Sobreseyeron a un joven de 20 años que tuvo sexo con su novia 13
La Cámara del Crimen así lo decidió luego de argumentar que "eran novios" y que la menor "tenía cierto grado de madurez" cuando ocurrió el hecho
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La Cámara del Crimen sobreseyó a un joven de 21 años acusado de abusar de una adolescente de 13 porque ambos eran novios y ella tenía cierto grado de madurez sexual que le permitió consentir las conductas íntimas que realizaron.
La causa se disparó cuando la madre de la menor denunció el 30 de octubre de 2009 que su hija "no regresó al domicilio familiar desde la escuela a la que concurría". La adolescente volvió un día después, y en ese lapso quedó al descubierto que desde hacía un año mantenía una relación con el joven. La niña pasó la noche que faltó de su casa en la vía pública junto con el joven, según consta en la causa.
Ambos se conocieron cuando la niña "concurría a una Iglesia Evangélica para colaborar con otros jóvenes" y conoció al imputado, "que se ocupaba de la banda de música como manager".
La Sala Séptima de la Cámara, con las firmas de los jueces Mauro Divito y Rodolfo Pociello Argerich, descartó que la menor hubiera sido sometida por el hombre "aprovechándose aquél de su mayoría de edad y de la inmadurez sexual de la víctima".
"Para que se configure ese delito la víctima debe carecer de experiencia sexual. La inmadurez o inexperiencia sobre la materia es lo que vicia el consentimiento otorgado por aquélla, en el entendimiento de que no ha podido comprender la significación última del acto", evaluó el juez Divito.
El juez tomó en cuenta la declaración de la adolescente, quien admitió: "Todo salió por mí, nunca me forzó
nada. Obvio que me decía, yo también se lo decía por mensajes, pero en ese momento no me dijo".
El juez entendió que "es posible concluir que el contacto sexual investigado se dio en un contexto de noviazgo en el que la menor contaba con cierta madurez sexual y no se vio forzada".
El juez Pociello Argerich completó que "la actual redacción de la figura (abuso sexual) ha sustituido el concepto de seducción ficta por la real, debiendo entonces demostrarse el aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima". En disidencia, el juez Juan Cicciaro había propuesto el procesamiento porque "las propias condiciones psicológicas de la menor llevan a concluir en que se verifica la seducción -real, ello es, no presumida- que, como instrumento, desplegó el imputado para conseguir las conductas sexuales referenciadas, respecto de una niña cuya inmadurez sexual ha sido acreditada".
Su posición admitía que "en ningún momento la niña fue forzada para vincularse sexualmente con el joven, aunque sí inducida por mensajes y pedidos".






