Fallo controvertido: por qué la Superliga dejó en suspenso la quita de puntos contra San Lorenzo y Huracán
Era el fallo más "tironeado" de la cortísimia historia de la Superliga. En rigor, dos de los tres integrantes del tribunal de Apelaciones que juzgó los casos de San Lorenzo y Huracán tenían la decisión tomada desde hacía más de un mes. Los últimos 45 días fueron un constante ir y venir. Necesitaban el voto del tercer integrante del cuerpo: un fallo en disidencia, entendían, sería débil. Querían que fuese unánime. Y la uniformidad de criterio llegó hoy, cuando los tres pusieron la firma al documento definitivo, que pone "en suspenso" los seis puntos deducidos a San Lorenzo y Huracán por incumplimientos al reglamento de licencias de la Superliga.
El primer indicio del fallo absolutorio había llegado el 2 de mayo, justo cuando se cumplía el plazo legal que tenía el tribunal para expedirse. Ese documento provisorio mantenía tres puntos de sanción y otros tres en suspenso. Levantaba, también, la prohibición de incorporar futbolistas por un mercado para ambos clubes. Y los obligaba a pagar el equivalente a cinco mil entradas generales ($2 millones). Según pudo reconstruir LA NACION, no era unánime. Por eso, no fue el definitivo.
Si los jueces hablan por sus fallos, los tribunales también. "Este tribunal considera que la pena pecuniaria (es decir, el castigo monetario) resulta especialmente adecuada a las particularidades del caso, en tanto que permite contrarrestar la ventaja económica obtenida por el club incumplidor", reza el documento firmado por Eduardo Taiano, Ricardo Pahlén Acuña y Juan Pablo Mas Vélez. Los integrantes del tribunal entienden que no satisfacer los contratos de los futbolistas del plantel es una ventaja económica. La cuantificaron en el importe equivalente a 10 mil entradas generales, que es el castigo más alto. Es decir, $4 millones, a pagar en cinco cuotas iguales de $800 mil que se descontarán de los ingresos "por ingresos televisivos o de patrocinio" que la Superliga transfiere a los clubes todos los meses.
El Tribunal de Apelaciones de la #Superliga Argentina de Fútbol resolvió sobre los casos de #SanLorenzo y #Huracán, ratificando los incumplimientos de las normas. Conocé aquí los fallos #SAF [R] https://t.co/oWFghR5WHNpic.twitter.com/Xb2Wo3DXfb&— Superliga Argentina (@superliga) 10 de junio de 2019
El tribunal prefirió castigar con un monto fijo una infracción económica antes que hacerlo mediante una herramienta que también impactaría en lo deportivo, como hubiera sido la imposibilidad de contratar futbolistas en la próxima ventana de pases. Eso era lo que estaba previsto en la sanción original, pero los tres integrantes del cuerpo resolvieron que la prohibición "hubiera privado al club de contar con un plantel profesional ajustado a sus reales posibilidades económicas". San Lorenzo y Huracán compitieron contra clubes que adecuaron sus presupuestos y no falsearon las declaraciones juradas. Algunos de esos equipos perdieron la categoría. Otros entienden que el fallo no mide de la misma manera las mismas infracciones. Y que incumple lo que está escrito: "Es una vergüenza y una burla. Da lo mismo cumplir que no cumplir. La Superliga y los clubes no podemos aceptar esto", protestó el presidente de un club del interior. Pasado mañana habrá reunión de comité ejecutivo de la Superliga y las consecuencias del fallo tendrán un apartado importante en el orden del día.
En el fallo, el tribunal de Apelaciones también apunta contra el propio reglamento de licencias, aprobado por los clubes (algunos dirigentes, incluso, se arrepintieron por haberlo aceptado sin, siquiera, haberlo leído). "En el reglamento se contempla una única pena para cualquier infracción, sin distinguir si se trata de un incumplimiento doloso o culposo, total o parcial", dice el fallo. Así, el cuerpo de alzada protesta contra la falta de "gradualismo" del reglamento aprobado por los clubes, al que en otra instancia acusa de tener "pautas lacónicas". Y destaca que el incumplimiento de los clubes acusados (San Lorenzo y Huracán) fue "parcial y no total". Es decir, no es que le debían a todo el plantel de futbolistas, sino a algunos. Por tanto, no puede aplicarse la pena que también les cabría ante un incumplimiento total. "Ante un incumplimiento parcial y culposo (...) la normativa debe morigerarse de alguna manera", aseguran los integrantes del tribunal de Apelaciones. Además, recuerdan expedientes recientes del tribunal de Disciplina de la AFA que, con información brindada por la Superliga, suavizó las penas: casos de Newell's, Arsenal y Olimpo de Bahía Blanca.
La decisión de dejar las penas en suspenso tiene sustento en el reglamento disciplinario de la Conmebol y en el de Trasgresiones y Penas de la AFA, aunque con determinadas condiciones. Una de ellas es que se trate de una primera condena, cuestión que se cumple tanto para San Lorenzo como para Huracán. Otra es que se cumplan determinadas "pautas de conducta" y que no se cometan "nuevas infracciones en un determinado tiempo". Al respecto, el tribunal de Alzada de la Superliga los obliga a pagar una auditoría que expida un certificado de libre deuda al 15 de agosto de 2019 con todos los integrantes de su plantel de la temporada 18/19. Y, además, abonar otra auditoría mensual hacia adelante y hasta el final de la temporada 2021. Si en ese lapso aparecen nuevos incumplimientos, la sanción en suspenso quedará efectiva en la tabla de posiciones de esa temporada y a los seis puntos originales se les sumará el nuevo castigo.
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