Se trata de los volúmenes de equilibrio establecidos durante la administración de Alberto Fernández que limitaban las ventas al exterior de trigo y de maíz
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El Gobierno eliminó los volúmenes de equilibrio, establecidos durante la administración de Alberto Fernández, que fijaba topes a la exportación de granos, en particular al maíz y el trigo. Así se publicó hoy en el Boletín Oficial a través de la resolución 302/2024 y que lleva la firma del ministro de Economía, Luis Caputo.
Vale recordar que fue en diciembre de 2021 y era ministro de Agricultura Julián Domínguez, cuando se decidió crear una figura para evitar que las declaraciones de ventas al exterior (DJVE) de trigo y maíz puedan comprometer en algún momento el abastecimiento interno.
Entre los considerandos de la nueva resolución, se indicó que “resulta indispensable alinear las políticas de regulación de las actividades vinculadas a la agricultura, la ganadería y la pesca, procediendo a una verdadera desburocratización y simplificación de los procesos en relación al Estado, productores, exportadores e importadores”.
En este escenario la administración actual tiene en mira “políticas públicas delineadas a efectos de un reordenamiento integral de la producción en general y de la reformulación de muchos de los regímenes jurídicos existentes y deviene pertinente proceder a una revisión integral de toda la normativa reglamentaria y complementaria dictada en el ámbito de esta cartera relacionada con las actividades agrícolas, ganaderas y de pesca”.
En este contexto, la normativa dijo que el gobierno de Javier Milei propicia “perfeccionar el funcionamiento del Estado para lograr una gestión pública transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del bien común, reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal a fin de disminuir el déficit, transparentar el gasto y equilibrar las cuentas públicas”.
“Se advierte la existencia de normas vinculadas con regímenes de control, operatividad, distribución, programas y/o de requerimientos de información o de cumplimiento de distintas obligaciones que, con base en el estado actual de nuestra economía en general, han apartado a la autoridad de aplicación de tales regímenes de la celeridad que la función pública debe practicar, lo que en la actualidad se pondera”, detallaron.
Para Nicolás Pino, presidente de la Sociedad Rural Argentina (SRA), es positivo para el sector agropecuario que se deroguen este tipo de intervenciones porque es la libre oferta y demanda la que debe primar en la economía del país.
“Vemos positivo que se hayan derogado este tipo de herramientas que intervenían los mercados, porque lo único que hacían era traer incertidumbre. Estamos convencidos que la libre oferta y demanda es la que debe primar en la economía, sin distorsiones que siempre terminan beneficiando a algún eslabón de la cadena y nunca al productor”, dijo a LA NACION.
Por su parte, Carlos Castagnani, presidente de Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), señaló: “Esta medida elimina una restricción innecesaria que limitaba la capacidad de los agricultores para responder dinámicamente a las condiciones del mercado. Ahora podrán producir según sus capacidades y las necesidades del mercado, lo que sin duda favorecerá el crecimiento y desarrollo del sector agropecuario. No logró bajar el precio de los productos y encareció a la mesa de los argentinos”.
En esa línea, Horacio Salaverri, presidente de la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (Carbap), remarcó: “Esta medida va en la dirección correcta, que es un proceso de desregulación de toda la actividad agropecuaria. Pero, por otro lado, lo que hay que analizar es el fracaso que han tenido estas políticas intervencionistas. En el caso de los volúmenes de equilibrio, algo totalmente innecesario en el caso de la Argentina que siempre ha producido más de lo que necesita para su consumo, generó una distorsión de precios que lo único que hizo fue complicar y perjudicar al productor”.
Por su parte, Carlos Achetoni, presidente de la Federación Agraria Argentina Desde también consideró a la medida como “positiva, ya que al no haber regulación de precios, al no existir este volumen de equilibrio, la producción puede tener cualquier destino”.
“Por lo tanto, no se generará desconexión con los precios internacionales. Sin dudas se trata de una medida que si bien no resuelve todos los problemas que tienen estas dos producciones, contribuye a que haya una transparencia de precios internacionales que se conecten con los precios que tienen nuestros productos en el interior del país”, destacó.
Para Nicolás Udaquiola, director de AZ-Group, “es un paso a una flexibilización y hacia un mercado más libre y no dependiente de restricciones a la exportación”.
“Es parte de la normalización del mercado que va lenta pero va. Son correcciones y modificaciones que van solucionando lentamente aquellas restricciones o normativas anteriores que complicaban y alteraban el normal funcionamiento del mercado. Pero todavía hay factores que siguen pesando, como puede ser el incremento de sobrecostos para financiamiento de tasas en pesos a productores que tengan más del 5% de soja almacenada. De todos modos suma a que ahora se abre el mercado. Dejan de existir los límites de volumen de equilibrio lo que permite que vayamos a un libre mercado”, aseguró.
En la resolución 276, ahora derogada, se había determinado que la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios, perteneciente a la cartera agrícola sería la que publicaría “los volúmenes de equilibrio para cumplimentar la demanda del mercado argentino correspondientes a los productos de origen agrícola comprendidos dentro del régimen creado por la Ley N° 21.453 (norma que creó las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior -DJVE-…). Es decir que los volúmenes por los cuales no puede haber mayor exportación. La norma contemplaba la convocatoria de un Consejo Consultivo integrado por mesas sectoriales de la actividad.
En un primer momento, según esa normativa, el sistema se aplicaría para trigo y maíz, dos cultivos que junto a la carne vacuna el mismo Domínguez definió apenas asumió como “bienes culturales” cuyos saldos exportables se debían administrar “con inteligencia”. En ese tiempo, la web del Ministerio de Agricultura era dónde se informaba cuáles eran los “volúmenes de equilibrio”, tanto para el maíz como el trigo.
“Las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) a registrar no podrán exceder, en su conjunto, los volúmenes de equilibrio a los que refiere el Artículo 1° de la presente resolución, con un margen adicional de hasta cuatro por ciento (4%) para operaciones por cantidades (peso o volumen) no significativas”, decía.
Luego consideraba que las DJVE de trigo y maíz, “cuando se alcancen los volúmenes de equilibrio del noventa por ciento (90%) y/o correspondientes al margen adicional del cuatro por ciento (4%), deberían realizarse conforme al régimen especial denominado “DJVE-30″..” Se trataba de un sistema por el cual se presentaba el barco nominado y compras físicas verificables.
“Los exportadores debían presentar razón social, CUIT, producto y volumen a embarcar, archivo excel de los contratos de compra registrados en Siogranos por el volumen a solicitar y esa información se debía enviar 72 horas antes de presentar la DJVE como también informar los buques de carga con su debida nominación”, indicaba la normativa ahora eliminada.
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