
Desendeudamiento familiar: vence el plazo para que los bancos refinancien deudas de la clase media
Los porteños podrán reestructurar saldos de tarjetas y préstamos personales con una tasa fija tope del 35% anual y un plazo mínimo de dos años; los requisitos para ingresar y quiénes se quedan afuera
4 minutos de lectura'
Este viernes 14 vence el plazo establecido por el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para que los bancos y entidades financieras confirmen su adhesión al nuevo Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal.
La iniciativa, orientada a otorgar un alivio a los hogares con atrasos en sus compromisos crediticios, ya cuenta con la confirmación de cuatro bancas: el Banco Ciudad, Banco Santander, ICBC y Banco Supervielle.
La propuesta surge de la sanción de la Ley N° 6959 en la legislatura porteña, que pretende fijar condiciones más accesibles para renegociar pasivos originados en préstamos personales y consumos con tarjetas de crédito emitidas por entidades reguladas registradas hasta el primero de junio pasado.
El principal punto del programa es un plazo mínimo de devolución de 24 meses y un tope para la Tasa Nominal Anual (TNA) de hasta el 35% fija.
Este costo financiero representa una alternativa favorable frente a los esquemas convencionales de refinanciación de saldos de tarjetas o préstamos personales, cuyas tasas suelen ubicarse por encima de ese nivel.
“Las familias porteñas podrán refinanciar sus deudas de tarjetas de crédito y préstamos en mora con más plazo y una tasa de interés fija. Es un alivio para la clase media que trabaja, se esfuerza y quiere ponerse al día. Esta fue una propuesta que trabajamos en conjunto entre el Poder Ejecutivo y la Legislatura para convertirla en una ley financieramente viable”, remarcó el jefe de gobierno porteño, Jorge Macri.
Requisitos para acceder al beneficio
Para ingresar al esquema de desendeudamiento, los interesados deberán cumplir con una serie de criterios socioeconómicos y crediticios:
- Origen de la deuda: Obligaciones derivadas exclusivamente de tarjetas de crédito y/o préstamos personales concedidos por entidades financieras bajo regulación.
- Calificación crediticia: Figurar en la Central de Deudores del Banco Central (BCRA) bajo Situación 2 (seguimiento especial, entre 60 y 90 días de atraso) o Situación 3 (con problemas, entre 90 y 180 días de atraso).
- Nivel de ingresos: Percibir ingresos familiares que no superen el equivalente a 10 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVyM).
- Carga de la deuda: Demostrar que los compromisos mensuales por servicios de deuda representan más del 30% de los ingresos totales del hogar.
- Residencia: Acreditar domicilio real en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con una antigüedad mínima de dos años.
Quiénes quedan excluidos
Con el objetivo de enfocar el beneficio en quienes enfrentan una situación de vulnerabilidad patrimonial, la ley excluyó a los siguientes perfiles:
- Propietarios de más de un inmueble.
- Titulares de vehículos con una antigüedad menor a 5 años (a excepción de las unidades destinadas a actividades laborales acreditadas).
- Titulares de embarcaciones, aeronaves o bienes suntuarios sujetos a registro.
- Tenedores de activos financieros cuyo valor supere el total de la deuda reclamada.
- Personas que hayan adquirido divisas en el mercado oficial durante el período en el que se contrajeron las deudas.
Incentivo fiscal para las entidades
Como contrapartida para estimular la oferta crediticia a tasa subsidiada, el gobierno porteño dispuso un beneficio impositivo para los bancos adheridos: una reducción del 50% en la alícuota del impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable a los intereses percibidos por las refinanciaciones otorgadas bajo esta ley.
Con el cierre de adhesiones, comenzará la etapa operativa para que los clientes puedan solicitar formalmente la reestructuración de sus deudas ante las entidades habilitadas.



