El blanqueo laboral y el riesgo de repetir errores
Un perdón a las deudas debería contemplar en su diseño varias cuestiones
El Gobierno apuesta a un blanqueo laboral. Tras el exitoso blanqueo impositivo, el Ministerio de Trabajo define los alcances de una batería de normas para atacar el costo laboral. A nuestro entender, se impone una modificación sustancial en el enfoque para encarar el problema. Las experiencias del pasado pivotearon sobre el perdón para los evasores de las cargas sociales, la reducción de esas cargas para casos específicos de incorporación de personal y una flexibilización en las modalidades de contratación. Estas experiencias no solucionaron el problema de fondo, porque las medidas fueron parciales y pensadas para un "empleador" abstracto, despersonalizado de sus problemas concretos.
El perdón general para quienes evadieron el ingreso de las cargas sociales no fue eficaz por distintos motivos. Los pequeños empleadores, de 50 empleados, están sumergidos en una economía clandestina. Como sus ingresos son "en negro" no pueden explicar al fisco cómo atienden el costo laboral de los empleados una vez que los han incorporado. Recién después aparece, para estos casos, el problema del costo laboral que, debemos reconocer, en actividades con márgenes reducidos resulta imposible de soportar. En la práctica los regímenes de condonación de deudas laborales fueron usados por empleadores de mayor tamaño para solucionar situaciones conflictivas generadas por la interpretación de las normas como, la situación de los monotributistas. Para estos casos, la solución no está en un blanqueo, sino en llevar claridad sobre el alcance de las obligaciones previsionales. Estos empleadores ya tienen asumido el costo laboral y su tema es poder solucionar los riesgos legales.
Las normas por venir tienen que presentar una visión distinta. No parece imprescindible una reducción general e indiscriminada de las cargas sociales para todos los casos y las actividades. Parece más útil que se contemple un listado de prestaciones en especie y complementarias exentas de cargas sociales (como auto y teléfono); no decimos que no sean remunerativas a los efectos laborales, sino sólo que estén exentas de cargas sociales. El costo laboral se puede reducir con un cambio legislativo que exima transitoriamente de cargas a ciertas sumas pactadas en los convenios colectivos. Podremos debatir sobre los alcances de esta facultad delegada a la negociación, pero se trata de una medida que baja el costo laboral en forma concreta y direccionada a la vez que regula y, por tanto, corrige la práctica distorsionada de sumas no remunerativas en los convenios. El blanqueo debería estar enfocado en la incorporación al sistema de empleados hoy sin registro, contemplando un período de gracia para que el empleador no quede expuesto frente al fisco por otros impuestos. No es razonable esperar resultados mejores si insistimos en repetir los mismos remedios para la enfermedad conocida.
El autor es abogado, socio del estudio AMZ & Asociados
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