
El Gobierno flexibiliza requisitos para otorgar licencias y certificados a empresas aéreas
Una resolución de la ANAC habilita la emisión de certificaciones provisorias cuando solo queden pendientes requisitos administrativos o documentales
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La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) aprobó una nueva reglamentación que modifica el proceso de certificación para empresas del sector aerocomercial y habilita el otorgamiento de certificados provisorios cuando los operadores tengan pendientes únicamente requisitos administrativos o documentales.
La medida, establecida a través de la Resolución N.º 436/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial, alcanza a operadores de transporte aéreo, empresas de trabajo aéreo, servicios de asistencia en tierra y rampa, talleres aeronáuticos de reparación y centros de instrucción aeronáutica.
Según explicó la ANAC, el objetivo es “agilizar procesos de certificación” y evitar demoras consideradas innecesarias en una actividad caracterizada por la dinámica de sus operaciones. El organismo aclaró que la nueva herramienta no modifica las exigencias técnicas ni los estándares de seguridad operacional vigentes.
El certificado provisorio podrá ser solicitado por los interesados cuando solo resten completar trámites como la acreditación de pagos, legalizaciones, apostillas, traducciones u otra documentación de similar naturaleza. La resolución establece que no podrá otorgarse si existe alguna duda sobre una posible afectación a los aspectos técnicos u operativos de la actividad.
Los certificados tendrán una vigencia de hasta 90 días corridos, con posibilidad de una única prórroga fundada. Durante ese período, la empresa deberá completar la documentación pendiente para obtener la certificación definitiva.
Además, la norma establece que cuando determinada documentación ya se encuentre en poder de la ANAC, será el propio organismo el encargado de incorporarla al expediente mediante consultas internas, con el objetivo de reducir requerimientos administrativos.
Sin embargo, la medida generó cuestionamientos entre algunos especialistas del sector. Carlos Vázquez, consultor aeronáutico, sostuvo que la resolución implica un cambio relevante en el esquema de control y cuestionó que una empresa pueda avanzar en el proceso de certificación sin haber presentado toda la documentación requerida.
“Lo que disponen es que ahora te dan las certificaciones sin presentar papeles, sin justificar nada”, afirmó Vázquez, quien consideró que el nuevo sistema podría generar problemas en la actividad.
Para el especialista, una empresa aérea debe demostrar previamente sus capacidades antes de iniciar operaciones. “La capacidad técnica, por ejemplo para una línea aérea, es más importante que la financiera. Tenés que demostrar determinadas capacidades”, señaló.
Vázquez sostuvo que la modificación podría generar controversia dentro del sector y planteó dudas sobre el impacto que tendrá en los procesos de habilitación. “Creo que va a traer muchos problemas”, afirmó.
La discusión se da en un contexto de expansión de nuevos operadores y de crecimiento de distintos segmentos del mercado aerocomercial, entre ellos los servicios de rampa y asistencia en tierra, actividades que también quedaron incluidas dentro del nuevo esquema.
Desde la ANAC, en cambio, remarcaron que los certificados provisorios solo podrán emitirse cuando los requisitos pendientes no tengan relación con la capacidad técnica ni con la seguridad operacional, y que la finalidad de la medida es simplificar trámites sin modificar los controles esenciales.


