Enormes costos laborales no salariales, un camino ¿sin salida?
Para calcular los costos laborales no salariales, aquellos que no ingresan al bolsillo del trabajador, hay que analizar el recibo de sueldo. El director de derecho del trabajo en Plan-A, Juan Carlos Cerutti, hace la cuenta. "Hay una parte que es aportada por el empleado y que técnicamente es retenida por el empleador para pagarla, y otra parte que aporta la empresa", dice. Aproximadamente, éstos son los números sobre el salario, que sumando todo "da entre un 44 y un 47% del sueldo" que se va en aportes y contribuciones afirma el abogado laboralista. Los costos están divididos en:
*Obra social: 3% el empleado y 6% la empresa.
*ART: solo la empresa, aproximadamente 2,5%.
*Jubilación: 11% el empleado y 18% la empresa.
*Sindicato: 3% empleado y 2% empresa.
"En algunos casos hay otros ítems como el 'Seguro La Estrella' (un seguro de retiro o despido que tienen los empleados de comercio y que es a cargo del empleador), institutos de capacitación, y alguna otra cosa en la que la empresa aporta otro 3 a 5%", agrega. "Es decir que un salario de bolsillo que es de $10.000, para dar un ejemplo, representa un costo global de $14.500 o $14.700 dependiendo el convenio aplicable y la actividad. Hay algunos descuentos por zona o por actividad productiva, entre otros, pero en general este es el costo total del salario".
Altos costos, alta evasión, entonces. Por eso, el gobierno decidió enviar al Congreso un nuevo proyecto de "Regularización del empleo no registrado, lucha contra la evasión en la seguridad social, registración laboral", a través del senador sanjuanino de Cambiemos Roberto Basualdo.
Desde el Ministerio de Producción y Trabajo, consultado por LA NACION, confirman que con el nuevo proyecto que está en las comisiones del Senado "el empleador se ahorraría durante dos años aproximadamente un 50% de las contribuciones. Eso no contempla los aportes a las obras sociales ni Pami". Al trabajador no le impacta el descuento.
"Se trata de promover el empleo formal atacando la informalidad", dice una alta autoridad del gobierno. "Tenemos una expectativa favorable. Pensamos que incentiva la creación de empleo, restituye derechos a trabajadores que hoy no los tienen y da un impulso a la creación de empleo formal en las pequeñas y medianas empresas. También queremos bajar la incertidumbre asociada a los costos de judicialización de las relaciones laborales (muy altos, que impiden la creación de empleo)", dice a LA NACION.
¿Qué costo tiene la baja de contribuciones tiene para el Gobierno? "No impacta para nada en lo que es nuestro programa. Al contrario, va a haber una mejora porque los trabajadores van a tener aportes. No vemos un impacto fiscal importante".
Uno de cada tres trabajadores en la Argentina en relación de dependencia no está registrado. En el último informe técnico del Indec, "Cuenta de generación del ingreso e insumo de mano de obra compatible con las cuentas nacionales", se informa que los puestos de trabajo totales (puede haber una persona con más de un puesto de trabajo), en el tercer trimestre de 2018, ascendieron a 20.464.000. De ellos, el total de puestos de trabajo asalariados alcanzó los 15.504.000 y los no asalariados, 4.960.000. El total de puestos de trabajo asalariados se distribuye en 10.654.000 registrados y 4.850.000 no registrados. "Los puestos de trabajo son los contratos (explícitos o implícitos) entre una persona y una unidad institucional para llevar a cabo un trabajo a cambio de una remuneración (o ingreso mixto) durante un período definido o indefinido de tiempo. La cantidad de puestos de trabajo no coincide con la cantidad de personas ocupadas en tanto una persona que se declara como ocupada puede desempeñarse en más de un puesto de trabajo, es decir, realizar actividades secundarias y otras", explica Sandra Fernández Gallo, coordinadora de Servicios de Información del Indec.
Sea este u otro proyecto, los expertos coinciden en que cómo incentivar el empleo formal es un tema para tratar en el recinto. El proyecto original enviado al Congreso el 5 de abril contempla, entre otros aspectos, que "la registración del trabajador, así como la rectificación de la real remuneración o de la real fecha de inicio de la relación laboral." Dice que "producirá los siguientes efectos jurídicos: a. Extinción de la acción penal y liberación de las infracciones, multas y sanciones, firmes o no, siempre que se encuentren impagas o incumplidas a la fecha de entrada en vigencia de esta ley. b. Baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal), siempre y cuando regularicen a la totalidad de los trabajadores por los que se encuentra publicado en el Repsal y pague, de corresponder, la multa.
Condonación de la deuda por capital e intereses cuando tenga origen en la falta de pago de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social.
También, establece un plazo de 1 año para registrar a los trabajadores, y el derecho de los regularizados a computar un máximo de 60 meses de aportes (5 años), un ítem muy discutido.
Recién en el artículo 10 se habla de que "quienes regularicen tendrán a favor la exención de contribuciones por el monto regularizado con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Por otro lado, el artículo 11, da las mismas facilidades a quienes contraten a nuevos empleados.
En la reunión de comisión del 9 de abril se aconsejaron algunas modificaciones al proyecto. En el artículo 10 se añadió que la baja en las contribuciones no incluya "el concepto destinado al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Inssjp)".
En el 11, que habla de los beneficios para quienes tomen a nuevos trabajadores, también se exceptúa al Inssjp. Además, agrega que "el empleador gozará de este beneficio por cada nuevo dependiente siempre que este trabajador produzca un incremento en la nómina de personal... Asimismo, el beneficio se dejará de percibir si registra una reducción de la nómina respecto de dicho periodo base, por un período superior a dos meses consecutivos".
También sugiere que "los nuevos empleadores sólo podrán hacer uso del beneficio cuando los dependientes contratados no hayan tenido otra relación laboral de dependencia registrada dentro de los seis (6) meses contados a partir de la registración".
Pero todo esto está por verse, más aún después de que la CGT se negó a asistir a la reunión de comisión, aunque el martes que viene habrá una nueva oportunidad para el consenso. Cerutti opina que los costos laborales no salariales "no es dinero tirado a la basura, ya que cada pago tiene un motivo. La protección de la salud, los accidentes y la futura jubilación son de crucial importancia en el marco del desarrollo humano. Es condición de toda relación de empleo que pueda generarse esa protección. Es cierto que los costos podrían bajarse si la base de empleados registrados fuera mayor y el uso fuera optimizado. Es de vital importancia que puedan ingresar muchos más trabajadores al sistema si podemos bajar los costos".