Impuesto a la riqueza. Los contadores de grandes contribuyentes anticipan que darán pelea
Desde ir con uñas y dientes a la Justicia hasta hacer un acto heroico por la pandemia, las alternativas que analizan las personas con patrimonios mayores a $200 millones -quienes serían alcanzados por el impuesto a la riqueza- preparan las maneras de hacerle frente a este gravamen extraordinario mientras el proyecto de ley avanza en el Congreso.
En el universo de personas delimitado por un piso de $200 millones, hay quienes pueden tener mucho patrimonio, pero poca liquidez, y pueden verse obligados a desinvertir para poder hacerle frente al tributo, y también, como este impuesto no considera pasivos, hay quienes pueden estar muy endeudados a pesar de contar propiedades, inversiones productivas y otros activos que se podrían gravar.
Por lo tanto, la situación para hacer frente a, como mínimo, $4 millones a los que obliga la primera escala de la tabla (sin contar la alícuota sobre el excedente), es diversa. Por ejemplo, cita Miguel La Vista, del estudio La Vista Casal, hay posibles aportantes que entre Bienes Personales y este gravamen estarían pagando hasta un 7,5% de su patrimonio, y otros a los que el impuesto no solo alcanzaría a la rentabilidad de sus inversiones, sino también a su salario.
Desde ya que hay personas que analizan esto en términos ideológicos: cuentan los tributaristas que hay clientes que se quejan de que ellos sean los que deben hacer el aporte mientras que "la política" no lo hace, y otros que, en caso de que el impuesto prospere en el Congreso, elegirían pagarlo "por única vez" como un acto de responsabilidad cívica.
"Irritación emocional"
César Litvin es tributarista y dirige el estudio Lisicki Litvin & Asociados. Entre sus clientes hay personas comprendidas dentro de los 12.000 potenciales contribuyentes del impuesto a la riqueza. Leen las noticias sobre el gravamen "con una gran irritación emocional", dice, porque consideran que su aporte ya está cubierto con Bienes Personales. "Muchos están dispuestos a judicializarlo porque sobran argumentos jurídicos, como la confiscatoriedad y la retroactividad, ambos principios que afectan el derecho a la propiedad privada", resume.
Respecto de la confiscatoriedad, el especialista detalla que así se describe a un impuesto que absorbe gran parte de la renta o patrimonio. "Ya pasó con Bienes Personales, y ahora se repotencia el efecto confiscatorio", sentencia.
Sobre la retroactividad, detalla que este gravamen aplicaría sobre los mismos bienes que ya pagaron Bienes Personales.
Con estos dos argumentos para esgrimir, eventualmente las 12.000 personas supuestamente comprendidas en este universo de grandes patrimonios podrían acercarse a un tribunal fiscal. Durante un proceso que Litvin calcula que duraría unos cuatro años se suspende la obligación de hacer frente al tributo.
El otro camino, explica su colega Fernanda Laiún, de Laiún, Fernández Sabella & Smudt, es ir por una medida cautelar y pedir la inconstitucionalidad del impuesto. El camino que se elija dependerá de las herramientas para hacerle frente al gravamen que tenga cada contribuyente: "Si una persona tiene muchos bienes en el exterior y en lugar de tenerlo en activos líquidos los tiene en sociedades, como en un hotel, el tema es cómo se va a hacer de los fondos para pagar, entonces se podría plantear la confiscatoriedad. En otro caso, más vale ir por la inconstitucionalidad", describe.
Otro tributarista, Ezequiel Passarelli, de SCI Consultores, señala que existe otro grupo de personas que temen que la tabla presentada en el Congreso con un piso de $200 millones no sea la definitiva y queden alcanzadas en caso de que ese mínimo no imponible sea menor.
Puede salir mal
En la otra punta, están quienes ya tomaron decisiones respecto de su patrimonio, como Marcos Galperin, fundador de Mercado Libre, que cambió su residencia a Uruguay, o quienes armaron un trust irrevocable: es un fideicomiso que no vuelve más al aportante. Requiere un trustee (administrador) independiente y un protector que controla que no pueden tener grado de parentesco ascendente, descendente y lateral hasta tercer grado.
Ese tipo de consultas y trámites se aceleraron desde octubre del año pasado, cuando comenzaron los rumores de elevación de las alícuotas de Bienes Personales para bienes en el exterior. De hecho, la misma titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, reconoció que hubo 17 argentinos que en 2019 cambiaron su residencia fiscal a Uruguay. No es casualidad que este año se hayan decidido profundizar los controles sobre quienes optaron por esta vía.
Los que quedaron más cerca del piso, confirma Passarelli, piensan en judicializarlo. Puede salir mal, advierte: en caso de que se pierda el caso en la Justicia, la deuda con la AFIP será mayor, ya que incluirá intereses desde el momento en el que se debería haber pagado el gravamen y sin descartar la posibilidad de una multa, suma.
Cuidado con los atenuantes, advierte La Vista, que son dos: que el tipo de cambio que se tome esté cerca de $60 (según el comprador del Banco Nación al 31 de diciembre de 2019) y que sea un aporte "por única vez". Y nunca hay que desestimar el poder de la imagen pública. Asegura el tributarista que hay quienes le temen a la exposición: a los potenciales contribuyentes los protegería el secreto fiscal, pero en caso de iniciar una demanda judicial, ¿no se conocerían sus nombres?