La industria alimenticia llamó a resguardar la vigencia de la ley de modernización laboral
La Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (Copal) expresó su preocupación por la suspensión judicial de 82 artículos de la Ley 27.802
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Luego de que la Justicia suspendiera la aplicación de 82 artículos de la nueva ley laboral, la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (Copal) manifestó su preocupación y llamó a resguardar la vigencia de la reforma.
A través de un comunicado difundido en su cuenta de X, la entidad advirtió sobre el impacto de la medida cautelar que afecta a la Ley 27.802 de Modernización Laboral, aprobada por el Congreso con amplias mayorías y orientada a actualizar el marco normativo del trabajo en la Argentina.
Desde la industria de alimentos y bebidas señalaron que resulta fundamental contar con “reglas claras, previsibles y estables que promuevan el empleo formal, la inversión y el desarrollo productivo". En esa línea, consideraron que la vigencia de iniciativas destinadas a “modernizar el sistema laboral, reducir la litigiosidad y mejorar la competitividad es clave para consolidar relaciones laborales más sostenibles”.
Asimismo, desde Copal reafirmaron la importancia del “respeto a las instituciones y al proceso democrático de formación de las leyes”, y expresaron su disposición a continuar trabajando en la construcción de consensos de largo plazo.
La reacción empresaria se da en un contexto de creciente tensión judicial en torno a la reforma laboral. Días atrás, un juez del fuero laboral hizo lugar a una medida cautelar presentada por la CGT y resolvió suspender de manera provisoria la aplicación de 82 artículos de la norma, al considerar que podrían generarse perjuicios de difícil reparación si se implementaban antes de un pronunciamiento definitivo sobre su constitucionalidad.
El fallo, que tiene alcance general, se dictó tras un planteo de la central obrera que cuestionó distintos aspectos de la reforma impulsada por el Gobierno. La decisión judicial no implica una declaración de inconstitucionalidad, pero frena temporalmente la aplicación de los artículos objetados hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
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