Propuestas para una corrección del proyecto de movilidad previsional
El Gobierno planteó hace 25 días un proyecto de ley cuyo contenido cambia la proyección del 50% del gasto del presupuesto nacional. Y así lo trató, olvidando la sensibilidad que acarrea el hecho de que, además de gasto, se trata del ingreso de los jubilados.
El nivel de confrontación se elevó con hechos políticos. En la reunión de comisión de la Cámara de Diputados, su presidente desdeñó el debate, al decir que había quórum y, antes de la primera exposición, hacer circular el dictamen para su firma. Para cuando empezaron las primeras exposiciones, el secretario de la comisión había finalizado su tarea.
El proyecto planea modificar la ley 26.417. El debate dado en comisión para sancionar aquella ley demoró un mes; el proyecto fue dado a conocer y criticado por expertos durante días. Hubo dictámenes en minoría, se corrigió, y salió algo que, según hemos visto, no siempre cubre las expectativas. Es hora de cambiarlo.
Se habló hasta el hartazgo de que el principal error del actual proyecto de movilidad es el pasaje de una medición semestral a una trimestral.
Los diputados tienen la oportunidad histórica de cambiar las cosas con dos objetivos: reducir el déficit fiscal y que eso no impacte violentamente en el bolsillo de los jubilados.
Deben tener presente que se trata de prestaciones alimentarias, lo cual significa que se consumen mes a mes. Si un jubilado necesita diez kilos de carne al mes, de nada sirve que les den dos por mes y cien en diciembre. No llega a diciembre.
Esto es lo que hace que los números que calcula el Ministerio de Hacienda no sirvan. No se puede hablar de que la fórmula dará cinco puntos arriba de la inflación en 2018, si en abril los jubilados no llegan a llenar la bolsa en el supermercado.
Un bono de pago único tampoco corrige la situación del desfase semestral para períodos posteriores.
El ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, dijo que la fórmula propuesta está diseñada para que los jubilados nunca más vuelvan a perder contra la inflación, algo que ocurrió en 2016 con el esquema vigente. Sin embargo, si se calcula el comportamiento de la nueva fórmula en caso de haber sido aplicada el año pasado, resulta que el índice hubiera sido peor aún que el que se aplicó (esto es porque la inflación estaba al alza).
Para corregir esto sólo deben "acercar" progresivamente los períodos de referencia a los meses en los que se da el aumento de haberes. Simple.
Y les propongo a los diputados que, ya que les piden a los jubilados que hagan el esfuerzo, como mínimo muestren coherencia y establezcan que la suba de las dietas de los legisladores nacionales quede atada a la fórmula de movilidad que están sancionando. Además, deben dar un ejemplo de austeridad y mostrar que el esfuerzo lo hacemos todos. Podrían agregar un artículo para reducir las dietas un 20% al menos por un año.
Otro vicio oculto en el proyecto de ley que debería ser modificado es la pretendida generalización, para el cálculo de los haberes de quienes se jubilan, del uso de los índices de actualización que se usan para los cálculos del plan de reparación histórica. La ley establece que, para calcular la jubilación, deben contabilizarse los salarios de los últimos 10 años trabajados. Así, a quien por ejemplo se jubile próximamente con 65 años de edad pero habiendo dejado de trabajar en relación de dependencia a los 60, le considerarán sus últimos 120 sueldos desde 2012 para atrás. Y entonces, en este caso, esta medida lo afectará (como a todos los salarios de hasta 2008), porque el proyecto establece usar la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) como índice de actualización, empalmada con los aumentos de la actual ley de movilidad, que rige desde 2009.
El Ripte está originado en una medición cuestionable. El índice no mide todos los salarios, sino sólo los que están entre un valor máximo y un valor mínimo, a tal extremo que si un sueldo menor a ese mínimo subía pero se mantenía por debajo de esa base, el índice no registraba cambio.
El problema surge, en rigor, en la medición de los montos máximos. Entre 1997 y 2007 el salario máximo por el cual se aportaba se mantuvo en $ 4800. Esa inmovilidad produjo que cada vez más gente fuera contabilizada por la Secretaría de Seguridad Social con un sueldo de $ 4800 o más.
El desaguisado hecho por la Anses en ese tiempo afecta la medición del índice que ahora el Gobierno quiere usar para actualizar la base del cálculo de la jubilación, en algunos casos. Porque al haber estado esos topes, el índice no refleja todos los incrementos que hubo en las remuneraciones. El valor del salario máximo por el que se aportaba sólo subió lo que subieron las jubilaciones, un 25% en 2007. Esa suba fue declarada insuficiente por la Corte Suprema.
El dato más fuerte es que la Coalición Cívica, el Pro y la UCR votaron en pleno por otro índice de actualización en una ley de 2010, cuando eran oposición. Dijeron que lo hacían porque era lo que había ordenado la Corte, pero ahora lo desconocen.
Esto afecta sólo a entre el 5% y 10% de los que se jubilen próximamente. Quienes trabajaron hasta la edad jubilatoria no son afectados, porque sus últimos 10 años de aportes quedan fuera del lapso 2002/2007. Es un tema mínimo para el presupuesto, pero central para un grupo de jubilados.
El autor es abogado especializado en materia previsional