
Con la eventual caída del DNU 70, las cuotas de las prepagas volverían a quedar reguladas
El decreto que se pondrá en debate eliminó la intervención estatal para definir los precios; su rechazo haría que las subas requieran autorización, aunque no necesariamente regresaría el mecanismo vigente en 2023; qué dicen en el Gobierno y en el sector
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El eventual rechazo del decreto de necesidad y urgencia 70 (DNU 70) por parte del Congreso dejaría sin efecto la liberación de las cuotas de la medicina prepaga, dispuesta por esa norma que emitió el Poder Ejecutivo en diciembre de 2023. Concretamente, volverían a regir los artículos de la ley 26.682 que le asignaban al Estado la función de autorizar cada incremento de precios de los planes de salud.
EL DNU 70 fue rechazado por el Senado en marzo de 2024. Tras más de dos años y medio sin tratamiento del tema en Diputados, está previsto que sea considerado en el recinto, por impulso de la oposición, el jueves 15 de este mes. La iniciativa surgió luego del fallo de la Corte Suprema que derivó en el restablecimiento de la vigencia del artículo 154 del DNU, referido a la venta de tierras a extranjeros. Si se suma el rechazo de la Cámara Baja al del Senado, quedaría sin validez el decreto que Javier Milei firmó apenas iniciada su gestión, y que contempla diversas cuestiones.
En relación con los precios del sector de la salud, se modificaron dos puntos de la ley de regulación de prepagas, la 26.682. Por un lado, se derogó el inciso g del artículo 5, que le otorgaba a la Superintendencia de Servicios de Salud la función de autorizar y revisar los valores de las cuotas. Y, en la misma línea, se eliminó la parte del artículo 17 que especificaba que la autoridad de aplicación (la Superintendencia) era la encargada de validar el aumento de los valores cuando esa suba estuviera justificada “en variaciones de la estructura de costos” y en un “razonable cálculo actuarial de riesgos”.
Si bien la ley de prepagas es de 2011, durante años no se fijó un mecanismo para el reajuste de las cuotas que, de todas formas, no estaban liberadas. Los incrementos dependían de la autorización de las autoridades del área. En 2022, y luego de la etapa de la pandemia de Covid-19, durante la cual los precios estuvieron varios meses congelados, se aprobó un Índice de Costos de Salud, cuya variación definió durante un año y medio los porcentajes máximos de las subas que podían aplicar las prepagas a sus afiliados, y también los reajustes mínimos que esas entidades financiadoras debían trasladar a los aranceles percibidos por los prestadores de servicios.
Posibles derivaciones
¿Volvería ese mecanismo si cayera el DNU 70? ¿O habría nuevas medidas? En principio, sin el decreto regresaría la regla de que el Estado debe autorizar los aumentos. La modalidad, en todo caso, entraría en otra discusión, según coincidieron fuentes consultadas por LA NACION. El Gobierno podría disponer otra fórmula o, incluso, podría insistir con derogar la intervención estatal.

Ante la consulta de LA NACION, en el área de Salud del gobierno nacional señalaron que “todas las iniciativas que están en el Congreso se monitorean, y se evalúan distintos escenarios y sus eventuales consecuencias”. Aclararon que no hay nada definido hasta el momento. “Hay que ver qué pasa en el Congreso y en función de eso se verá”, agregaron.
“Es un tema que preocupa por sus consecuencias sobre el financiamiento de la salud y la previsibilidad que necesita el sistema”, indicó Hugo Magonza, presidente de la Unión Argentina de Salud (UAS), la entidad que reúne a diferentes cámaras y asociaciones del sector. “La eventual derogación pondría en discusión el esquema, aunque conviene ser prudentes: existe una cuestión jurídica respecto de si las disposiciones anteriores recuperarían vigencia automáticamente o necesitarían una restitución expresa -apuntó-. Tampoco el rechazo parlamentario por sí solo significaría anular todos los aumentos durante la vigencia del decreto”.
Cambio conflictivo
Cuando el DNU 70 estableció que podría haber subas sin restricciones, las entidades privadas llevaban un largo período advirtiendo sobre el retraso del valor de las cuotas frente al alza de costos. El efecto inmediato de la liberación fue una suba que acumuló alrededor de 150%, en promedio, solo en los primeros cuatro meses de 2024. El aumento de mayor magnitud fue en enero, aunque la reacción del Gobierno llegó recién en abril, cuando se habían generado fuertes repercusiones negativas, principalmente en redes sociales.
Con la acusación de una supuesta cartelización para definir las alzas y a partir de un pedido de investigación hecho por legisladores de la Coalición Cívica, la cuestión derivó en un conflicto entre el propio Gobierno, autor de la desregulación, y las prepagas, que se cerró con un acuerdo en el ámbito judicial, que incluyó una suspensión temporal de la parte del decreto referida a esta cuestión. Desde julio de 2024 rige sin más la regla del DNU, es decir, la libertad de precios. Desde entonces, muchas entidades establecen sus porcentajes de aumentos (siempre mensuales) en índices cercanos a la inflación, aunque no hay una normativa que las obligue a eso.
De acuerdo con un informe de la asociación de prestadores Adecra-Cedim, a partir de la desregulación de las subas se logró reducir a la mitad la brecha entre el incremento de los costos de dar prestaciones y la suba de los aranceles que las clínicas y centros de salud les cobran a las prepagas. Si se toma como punto de partida diciembre de 2020, y según un relevamiento entre 17 prestadores, la diferencia llegó al 57% en diciembre de 2023, en tanto que en el segundo trimestre de este año fue de 26%.

Según Magonza, “volver a condicionar los ingresos a autorizaciones que puedan quedar rezagadas respecto de los costos de la atención afectaría a toda la cadena”.
El directivo recordó que en fallos judiciales que respondieron a reclamos particulares contra los incrementos, se recurrió al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec como referencia para disponer un tope a las subas. “Es cierto que, desde la desregulación, hubo aumentos superiores a la inflación. Pero eso debe analizarse teniendo en cuenta el atraso acumulado en años anteriores”. Según Magonza, entre enero de 2012 y junio de 2026, el retraso de las cuotas respecto del IPC es de 18%.
El directivo afirmó que modificar las reglas sin contemplar esa situación “agregaría inseguridad jurídica” y “profundizaría la incertidumbre de un sistema desfinanciado”. Claro que, del otro lado, están los afectados bolsillos de las familias que deben afrontar las cuotas. “Necesitamos soluciones que permitan preservar tanto el acceso de las personas como la capacidad de las instituciones y los profesionales para atenderlas”, concluyó.
Más allá de las políticas de regulación y desregulación de precios, en las últimas décadas no hubo iniciativas de gobiernos que hayan avanzado es pos de abordar los problemas de financiamiento de la salud, sin que la única respuesta sea la suba de las cuotas.



