
Respaldan la pesificación de los bonos
Un dictamen del procurador general de la Nación se refirió a los Bocon Previsional y Bontes en dólares
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La pesificación de los bonos en dólares de la deuda pública nacional fue declarada ayer válida por el procurador general de la Nación, Esteban Righi, y deberá ahora ser analizada por la Corte Suprema de Justicia.
Para adoptar la decisión, Righi tuvo en cuenta tres cuestiones: la crisis económica que atravesaba el país en 2002, que el decreto que dispuso la pesificación había sido ratificado por el Congreso y que no se había producido, según su entender, una violación del derecho de propiedad previsto en la Constitución.
"Las medidas que las autoridades competentes implementaron para conjurar la crisis -afirmó el procurador en el fallo, según consignó la agencia Télam- encuentran amparo constitucional desde que no aparecen desproporcionadas con relación al objetivo declarado de afrontar el estado de emergencia que perseguían ni aniquilan el derecho de propiedad."
Righi sostuvo, además, que el Congreso tenía la facultad para arreglar el pago de la deuda interior y exterior y había convalidado las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo en ese momento, a través del decreto 471/02.
El caso analizado fue el de Hugo Galli y Silvia Attardi, tenedores del Bocon Previsional segunda serie y los Bontes 2002, 2003 y 2004, que fueron pesificados a 1,40 más CER.
En primera y segunda instancia, la justicia en lo contencioso administrativo federal había dado lugar a la acción de amparo presentada y ordenó al Estado que abonara "los servicios financieros y las amortizaciones en la moneda en que fueron emitidos, porque las obligaciones habían sido modificadas compulsiva y unilateralmente".
Derecho de propiedad
Entre otros, los bonos pesificados fueron el Bocon Proveedores 1 (Pro 2), el Proveedores 2 (Pro 4), el Proveedores 3 (Pro 6), el Previsional 4 (Pre 6), el Proveedores 4 (Pro 8), el Proveedores 5 (Pro 10), el Previsional (Pre 8), el Proveedores Pro 11, el Proveedores Pr12, los Bontes 27, 05 y 06, y el Global 2008.
Righi revocó el fallo de la Cámara del fuero -decisión que no es vinculante para la Corte- y remitió especialmente a un caso testigo: la causa Brunicardi: en él, la Corte declaró válido un decreto de 1986 que modificaba la financiación de los bonos nominativos en dólares (Bonods). El procurador recordó que en esa oportunidad la Corte se había referido a "una situación financiera de grave penuria con riesgo de incurrir en cesación de pagos externos y consiguientes aislamientos de la comunidad internacional". También que, en este caso, el panorama era "más grave" todavía porque ya se había entrado en default.
Según el análisis de Righi, las medidas dictadas en 2002 no se limitaron a convertir en pesos las obligaciones en dólares, sino que se previeron mecanismos de compensación -entre ellos, el CER- para atenuar la pérdida de valor por el abandono de la convertibilidad.
Respecto de la violación del derecho de propiedad, Righi entendió que no se había producido. "La norma, que fue sancionada por razones de necesidad, no priva a los particulares de los beneficios patrimoniales y sólo limita temporalmente la percepción de ellos."






