
Confirmado por Uscis: los cubanos que se acogen a la Ley de Ajuste Cubano no se ven afectados por la regla de carga pública
La agencia federal detalló qué categorías migratorias, incluidos beneficiarios de TPS y víctimas de delitos, mantienen la exención frente a la nueva evaluación de recursos económicos
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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) confirmó que los solicitantes de la green card bajo la Ley de Ajuste Cubano quedan exentos de la nueva evaluación de carga pública, que exige demostrar autosuficiencia económica. La medida también protege a beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) y de la visa U. La guía técnica entra en vigor el 18 de septiembre de 2026 y reemplaza los criterios vigentes desde 2022.
Quiénes quedan exentos de la revisión de recursos
- Solicitantes de asilo, refugiados y beneficiarios del TPS evitan la evaluación de carga pública.
- La exención también cubre a víctimas de trata (visa T) y de delitos graves (visa U).
- Cónyuges, hijos o padres sobrevivientes de miembros de las fuerzas armadas con beneficio militar póstumo tampoco son evaluados.
Qué beneficios sí analizará el Uscis desde septiembre
- La agencia ampliará el análisis a asistencia de vivienda pública, alimentaria (SNAP) y cobertura de salud como Medicaid.
- Quedan fuera los beneficios por aportes acumulados, como el Seguro Social y Medicare.
- El criterio se basa en la “totalidad de las circunstancias”: edad, salud, ingresos, deudas y educación del solicitante.
Impacto para trámites familiares y laborales
- Cónyuges, hijos y padres de ciudadanos estadounidenses sí quedan sujetos a la revisión de recursos.
- Trabajadores cualificados e inversores extranjeros también serán evaluados bajo la nueva guía.
- El Uscis podrá exigir una fianza desde 1000 dólares cuando la inadmisibilidad se deba solo a carga pública.
Para tener en cuenta
Si estás en Estados Unidos bajo la Ley de Ajuste Cubano, TPS o visa U, no necesitas demostrar solvencia económica adicional para avanzar con tu green card. Esa exención ya está garantizada por ley. Los beneficios públicos que hayas recibido antes del 18 de septiembre de 2026 no cuentan bajo la nueva guía, sin importar tu categoría migratoria.
Si tu trámite sigue abierto después de esa fecha y seguís recibiendo ayudas como SNAP o Medicaid, es clave que guardes comprobantes de si abandonaste esos programas antes del cambio, ya que eso puede evitar que se consideren en tu expediente. Quienes tramitan la residencia por vía familiar o laboral —y no están dentro de las categorías exentas— sí deberán mostrar que cuentan con ingresos, bienes o patrocinio suficiente, incluso si eso implica presentar el formulario I-864 de Declaración de Patrocinio Económico.
Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.
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