
Cuando el cupo reemplaza la idoneidad
Ninguna discriminación debería reemplazar el principio de idoneidad consagrado constitucionalmente como condición indispensable para acceder a un empleo
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Cuando falta menos de un mes para las PASO, que se realizarán el 13 de agosto, las columnas de los diarios y los espacios de radio y televisión rebosan de comentarios críticos sobre la futilidad y lo oneroso de una consulta de esa naturaleza. Las especulaciones reales se centran, como no podía ser de otro modo, sobre lo principal, que son los comicios generales por realizarse el 23 de octubre. Es natural que así sea: la ansiedad colectiva se vuelca hacia el rastreo de datos anticipatorios de lo que pueda suceder en el porvenir inmediato.
¿No sería, sin embargo, tan importante como eso, o más, procurar establecer las tendencias generales que anidan en la sociedad, pero a mediano y largo plazo? O sea, reflexionar sobre la proyección hacia adelante del infinito número de encrucijadas por las que hemos atravesado desde 1930, insistir sobre las razones de tan absurdas reincidencias y de la imposibilidad, hoy mismo, de sostener por más tiempo un Estado que gasta lo que no tiene y se endeuda alegremente, con el riesgo en algún momento de recaer en la cesación de pagos. Un esfuerzo de introspección colectiva, que haga meditar en serio a importantes franjas sociales desentendidas del grado de la corrupción aterradora que llegó a haber en la administración del país y de lo que significa pretender la perpetuación de un déficit fiscal enorme o bajar los brazos frente a la degradación evidente de la educación pública.
Es verdad que no hay mercados sin un Estado eficiente que arbitre en la puja entre los más diversos sectores sociales y haga cumplir la ley que asegure el orden básico de la sociedad y los derechos y garantías individuales establecidos por la Constitución. Pero ¿acaso nos reconocemos en la vida cotidiana por un Estado de esa jerarquía o, más bien, por la monstruosa construcción de una sociedad que ha agigantado el Estado en términos asombrosos a fin de que sus actores más influyentes succionen de las debilitadas fuerzas del erario público lo que no saben o no quieren producir por sí mismos? A los males de muy antigua data, que siguen en pie, se han ido sumando otros, sobre la base de que el Estado debe conceder de cualquier manera lo que no se logra por aplicación del principio de igualdad ante la ley o por méritos personales.
Al paso actual, se va a vaciar de contenido un artículo excepcional de la Constitución nacional, que ni siquiera contemplaron quienes en 1787 dieron a los Estados Unidos la gran Constitución que los rige. Es el artículo 16, con su letra todavía vigente, que invitamos a releer: "La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre ni de nacimiento. No hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad".
Ese concepto de idoneidad como suma de atributos, de aptitudes intelectuales, físicas y morales para desempeñar apropiadamente un cargo público, ha sido gravemente lesionado, con crecientes agresiones en las últimas dos largas décadas, por quienes están coaligados a fin de que prevalezca una segmentación de las funciones públicas dependiendo nada menos que de criterios discriminativos, es decir, lo contrario de lo que se pregona. Es inaudito que en nombre de la paridad de géneros se haya comenzado en 1991, como hemos dicho en reiteradas oportunidades, por imponer cupos femeninos del 30 por ciento en las candidaturas a legislador nacional y que por leyes provinciales ese porcentual sea ahora de hasta el 50 por ciento, como el que impera en Buenos Aires, Córdoba y Río Negro.
El solo hecho de que la Cámara Nacional Electoral haya debido resolver recientemente sobre la validez de una lista electoral santafecina, exclusivamente integrada por mujeres, prueba las situaciones de irracionalidad a las que lleva la política de cupos.
En esta suerte de feria de los cupos, en la que se licuan el talento, el esfuerzo y la voluntad continua de capacitación, la Legislatura bonaerense sancionó en octubre de 2015 una ley que obliga a los organismos del Estado provincial a incorporar trabajadores travestis, transexuales y transgénero hasta que al menos alcancen el uno por ciento del total de la plantilla. ¡Sólo por esa condición! La norma estuvo estos días en el comentario público a raíz de que Mar del Plata ha resuelto sumarse a la disparatada veintena de adhesiones locales que lleva cosechadas. Iniciativas en curso en los ámbitos nacional y provinciales plantean, entre otras novedades, la de asegurar hasta el 25 por ciento de los empleos públicos para jóvenes de "hasta 35 años".
Pocos se ocupan, sin embargo, de explorar las posibilidades que se abren bajo el gran concepto de la idoneidad para ejercer funciones en el Estado. Cuando arrastramos tantos años de experiencias con sujetos delirantes que han arribado a las más altas funciones públicas por el voto popular, por las armas o por resoluciones gubernamentales, y cometen los más inadmisibles desatinos, cabe preguntarse si, más que en cupos, no debería pensarse en la reglamentación de probanzas científicas sobre salud mental.
Tal vez de esa manera disminuyan los riesgos que se afrontan al dejarnos a todos en manos de quienes puedan padecer grados de perturbación incompatibles con la representación de los intereses generales de la sociedad. Será una manera de pensar de verdad y seriamente en el país.





