
El fútbol y los medios
Por Ernesto Cionfrini Para La Nación
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LOS sistemas de transmisión de partidos de fútbol por televisión vienen suscitando arduos debates en no pocos países. En el nuestro, no se vislumbra a corto plazo una solución. Hay dos importantes problemas, de diversa índole, que pueden plantearse: uno es el derecho a la información sobre los partidos; el otro, el sistema mismo de transmisión.
La libertad de información y de opinión son derechos básicos en cualquier sistema que se precie de medianamente democrático y republicano, y para ello debe garantizarse un contexto de libertad, pluralismo e independencia de las fuentes. Sobre todos los acontecimientos de relevancia pública, incluido un partido de fútbol, estos derechos implican para toda persona, y sobre todo para los periodistas y los medios de comunicación, tener abiertas las posibilidades de: (a) acceder a "las fuentes" (el espacio en el que se representa: las partes públicas de los estadios, teatros, etcétera), en plena libertad e igualdad de oportunidades y de trato; (b) captar en directo o registrar (filmar, grabar, tomar fotografías) gratuita y libremente las imágenes de las partes que consideren más relevantes para su función; (c) difundirlas y expresar sus opiniones, también libremente, en el momento que consideren más oportuno (en directo, o en cualquier día y horario), ya sea en noticieros o en cualquier programa destinado a la opinión, el debate y la crítica, como soporte de lo que se expresa.
El ejercicio de estos derechos exige que no haya censuras, limitaciones ni condicionamientos al acceso y difusión, que no se otorguen exclusividades ni privilegios a ningún medio o periodista por sobre otros, que no existan monopolios ni públicos ni privados de la información o la opinión, o que no se pergeñe un derecho constitucionalmente inexistente a crear algún agente de propaganda como único informador "oficial" o con el poder de informar antes que otros. Esto implica poder difundir sin restricciones las partes más importantes de los partidos con fines de información u opinión, y también que cualquier acto restrictivo sea un atentado, por cierto grotesco, al contexto de libertad constitucional (artículo 14 de la Constitución Nacional, y artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos y artículo 19 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, que tienen ambos el mismo valor jurídico que la Constitución).
Dueños del espectáculo
La transmisión de partidos es un tema diferente, relacionado con el ejercicio de derechos económicos por parte de los "dueños del espectáculo". Hay una especie de "paternidad" que otorga a los realizadores (equipos y clubes) y organizadores (clubes y asociaciones) el derecho de explotarlo económicamente (vender entradas, grabaciones o su transmisión). El problema surge en el modo en que esos derechos son ejercidos, porque si se restringen o pretenden restringirse los derechos de otros (la población en general, los canales de televisión, las productoras), surgirá el deber de frenar los abusos.
Veamos cómo funciona el mercado del fútbol. En primer lugar, los partidos (sobre todo los más importantes y los de la selección nacional) tienen una demanda altísima en términos económicos, como la de pocas otras cosas que no sean servicios públicos. Individualmente considerado, cada ciudadano tiene un poder casi nulo frente al poder que tienen los clubes que lo ofrecen; a su vez, cada partido es único y puede ser ofrecido sólo por quienes lo juegan, por lo que no tiene competencia en términos económicos. Si todos o los principales clubes deciden transferir parte de sus derechos (los derechos de transmisión) a una asociación (la AFA, por ejemplo), esta deviene en un gigantesco agente de mercado que concentra un poder que ya era muy importante pero que hasta entonces estaba disperso entre los clubes. Esta concentración genera un poder monopólico frente a millones de demandantes finales.
En segundo lugar, y aunque los "precios" de los jugadores son cada vez más absurdamente altos, la tecnología es cada vez más variada, extendida y barata para transmitir, registrar y reproducir un espectáculo al instante para una creciente cantidad de personas. Estos factores hacen que en todo el país existan numerosos canales y empresas productoras (intermediarios) muy interesados en los partidos, al punto de que un canal sin fútbol podría poner en riesgo su crecimiento.
¿Qué sucede si esa asociación que creó o recibió un monopolio decide otorgar, a su vez, la suma de todos los derechos a un único distribuidor para que este difunda los partidos en exclusividad, y por unos cuantos años? La respuesta más general es que toda exclusividad produce exclusiones, y si estas exclusiones son muchas y perjudiciales para el bienestar general, no parece razonable que se admitan como legales.
La ley nos indica que cualquier persona o empresa que tenga una posición de dominio (dijimos que los clubes y su asociación tienen un poder monopólico o cuasimonopólico) no puede utilizar su posición privilegiada para impedir que otros ingresen o progresen, ni abusar de su poder, ni distorsionar el funcionamiento del mercado para afectar el bienestar general, ni competir deslealmente, ni expulsar a sus competidores. Por eso no puede negar infundada o irrazonablemente la venta de un producto ni establecer precios o condiciones abusivos, irrazonables o discriminatorios, o no publicar sus precios. Todo ello surge de las leyes 25.156, de Defensa de la Competencia, y 22.802, de Lealtad Comercial.
Según el artículo 28 de la Constitución Nacional, el ejercicio de los derechos no puede ser ilimitado sino que debe ser razonable, y puede ser reglamentado por el Congreso también razonablemente, de forma que el ejercicio de un derecho no suponga la negación de otro. La legislación de defensa de la competencia siempre ha visto las exclusividades con desconfianza y plantea las siguientes reglas: si la exclusividad no genera exclusiones significativas porque los mismos o similares productos pueden comprarse en otras partes, o porque la exclusión durará muy poco tiempo, se considera que es razonable y es admitida como legal; por el contrario, si los excluidos del mercado son varios, muchos, o todos salvo el monopolista, la exclusividad le permite ser el dueño del mercado y ofrecer pocos productos a alto precio, y así disminuye el bienestar general. Por eso, la exclusividad queda prohibida.
Sin exclusiones
En el caso del fútbol, los excluidos son, o pueden ser, en primer lugar, los canales de televisión, si la falta del fútbol los perjudica, y, en segundo lugar, la población, que no puede optar cuando la técnica y todas las condiciones permiten hacerlo (artículo 42 de la Constitución Nacional) o debe pagar caro sin poder elegir por algo que antes era gratuito (disminución de sus intereses económicos, mismo artículo 42). Y cuanto más tiempo dure la exclusión, mayores son los efectos negativos.
En este contexto, proponemos algunas alternativas como un ejercicio razonable de los derechos: (a) colocar las decisiones sobre comercialización en los clubes y no en manos de la asociación, para desmonopolizar el mercado; (b) satisfacer la demanda por diversos medios simultáneamente, para permitir opciones; (c) realizar contratos separados por campeonatos o grupos de partidos, y no vender todos en bloque o a un mismo agente; (d) realizar contratos de duración más bien breve (dos o tres años), para dar mayor dinamismo; (e) si existe un gran distribuidor, evitar que este sea, además, productor de programas o controlador de empresas productoras; (f) establecer procedimientos periódicos, abiertos y transparentes para la selección de transmisoras.
Estas alternativas pueden venir de la mano de la aplicación del artículo 42 de la Constitución Nacional y toda la legislación que se deriva de él (Defensa de la Competencia, Lealtad Comercial, Protección del Consumo). También pueden establecerse, alternativa o simultáneamente, regulaciones que contengan las pautas mencionadas y establezcan obligaciones legales.
Y todo esto sin que nadie deje de ganar dinero, sino para que todos ganen o gasten en términos razonables.





