
La ley de lavado de dinero
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En los últimos días, la opinión pública fue conmovida por distintos hechos vinculados en forma directa o indirecta con la cuestión del lavado de dinero. La noticia más resonante fue un informe del Senado norteamericano según el cual bancos argentinos canalizaron dinero proveniente de actividades ilegales, en correspondencia con grandes entidades bancarias de los Estados Unidos. Pocas horas después, dos diputados nacionales que investigan presuntas actividades de lavado en la Argentina debieron solicitar protección oficial tras recibir intimidaciones. Estos hechos, sumados a las sospechas que también ha desatado el doble asesinato ocurrido en Cariló, plantean la necesidad de reglamentar en el menor plazo posible la ley 25.246, que penaliza el lavado de dinero, sancionada en abril último tras un prolongado tratamiento parlamentario.
El decreto reglamentario, que iba a conocerse en estas horas, fue postergado en virtud de las diferencias que genera la conformación de la Unidad de Información Financiera (UIF), organismo que se encargará del análisis, el tratamiento y la transmisión de la información suministrada por los sujetos obligados a informar operaciones inusuales o sospechosas, a los efectos de prevenir e impedir el lavado de dinero originado en actividades ilícitas.
Entre otras cosas, el Gobierno debe reglamentar el funcionamiento, la integración, la elección de autoridades, el régimen de incompatibilidades, la manera de resolver las cuestiones planteadas y los mecanismos de remoción de los miembros de la UIF.
En cuanto a su integración, la norma legal establece que el total de miembros del organismo será de once. Seis de ellos deberán provenir de organismos públicos (Banco Central, Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP-, Comisión Nacional de Valores, Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico -Sedronar-, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Economía). Los cinco restantes deberán ser expertos financieros, penalistas, criminólogos u otros profesionales con incumbencias relativas al objeto de la ley. La función de la UIF consistirá en determinar si las operaciones que le han sido reportadas con características de inusualidad o de sospecha ameritan que sean derivadas al Ministerio Público para que éste, profundizando la investigación, determine si se está o no frente a una conducta delictiva.
La sola referencia a esta facultad resalta la necesidad de contar con la garantía de que quienes vayan a integrarla posean un alto grado de especialización y capacitación en las distintas materias a las que hace expresa mención la ley 25.246.
Ello sólo podrá lograrse si los representantes de los organismos públicos, al igual que los cinco expertos, son designados por concurso de oposición y antecedentes. Ello aseguraría un proceso transparente en la selección de los candidatos, ya que la mera sospecha de una eventual politización en los nombramientos causaría efectos negativos, pudiendo provocar consecuencias no queridas por la norma.
Entre otras funciones, la UIF debe establecer, por medio de pautas objetivas, las modalidades, las oportunidades y los límites del cumplimiento de la obligación de informar para cada categoría de obligado y tipo de actividad, lo que requiere, al igual que en el caso anterior, un acreditado conocimiento, experiencia y especialización de sus integrantes.
El gobierno nacional tiene frente a sí una excelente oportunidad para demostrar su firme voluntad de combatir el lavado de dinero en el país sin dejar de tener en cuenta el dicho popular que establece, no sin razón, que "lo urgente no deja tiempo para lo importante". Y si bien la tarea de reglamentar la ley no debe dilatarse más, también es cierto que la importancia del tema no admite soluciones transitorias.
Por consiguiente, y sin más demoras, deberían establecerse las condiciones y fijarse las fechas de los concursos que culminarán con la designación de los funcionarios que integrarán la UIF. Con ello, la ley 25.246 quedará operativa y se dispondrá de una nueva herramienta para prevenir y reprimir el lavado de dinero proveniente de actos ilícitos.





