La libertad de expresión es para todos
La libertad de expresión es un derecho preferente; comprende no solo el derecho de cada uno de nosotros a expresar nuestras ideas y opiniones sin que nadie nos moleste, sino el de la sociedad a recibirlas, a estar informada.
La libertad de expresión se ubica en el orden primario de la democracia, que no se concibe sin el debate libre y sin que las minorías tengan pleno derecho a manifestarse. Es, a su vez, un medio insustituible de control político porque permite la fiscalización de los actos de nuestros gobernantes.
Hasta aquí parecería haber consenso.
El 6 de enero pasado, manifestantes pro-Trump irrumpieron en el Capitolio en forma violenta, lo que provocó la consternación no solo de los Estados Unidos, sino de todo el mundo, que asistió azorado a esta escalada de violencia.
Ese mismo día Trump había hablado frente a un gran grupo de manifestantes en el monumento a Washington y los había arengado a "caminar hasta el Capitolio y vitorear a nuestros valientes senadores".
Trump, que no reconoce el resultado de las elecciones presidenciales del pasado 3 de noviembre, instó a sus fanáticos a "luchar como en el infierno". Les dijo: "Vamos a caminar por la avenida Pensilvania al Capitolio", y siguió: "Vamos a intentar darles a nuestros republicanos, a los débiles, porque los fuertes no necesitan nuestra ayuda, el tipo de amor propio y audacia que necesitan para recuperar nuestro país".
Trump había usado su cuenta de Twitter (@realDonaldTrump), prácticamente su medio predilecto para comunicarse con la sociedad, para promover esa marcha. La había anunciado como la "Gran protesta en DC el 6 de enero" y había anticipado: "¡Será salvaje!". Había utilizado también el hashtag "#StopTheSteal" (detengan el robo) en clara alusión al resultado de la elección.
Luego de la toma violenta al Capitolio, Trump continuó utilizando su cuenta de Twitter para enviar encendidos mensajes a sus fanáticos. La compañía anunció recientemente que "después de una revisión profunda de los tuits" decidió suspender de manera permanente su cuenta (y borró algunos tuits) debido al riesgo de mayor incitación a la violencia. Esto fue replicado rápidamente en otras redes sociales, que dieron de baja la cuenta de Trump. No puede soslayarse el hecho de que estamos frente a un presidente en retirada; es difícil pensar que esta misma situación hubiera podido darse con el presidente en los albores de su mandato.
Lo cierto es que la red social Twitter es una empresa privada y, como tal, tiene sus términos de servicio, sus reglas y políticas. Tal como puede verse en su página web, una de sus políticas es la no tolerancia a conductas de incitación al odio (que, según sostienen, aplican frente a amenazas violentas, o a cuando alguien expresa el deseo de que una persona sufra un daño grave, o cuando se incita al miedo sobre una categoría protegida, entre otros supuestos). En esos casos, la empresa anuncia que podrá suspender la cuenta en forma temporal o permanente. Y también es cierto es que la fórmula de "incitación a la violencia" utilizada por Twitter es de larga data.
Si toleramos mansamente que se empiece a cercenar la palabra, si dejamos que no se permita una real y efectiva circulación de la expresión en todos sus términos, la democracia se desvanece
Allá por la Primera Guerra Mundial, la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos dictó varios fallos en contra de pacifistas que se manifestaban en contra de la guerra y del reclutamiento obligatorio. Entre esos casos, en "Schenck vs. United States" y "Debs vs. United States", la Corte elaboró el estándar del peligro claro y presente. Eran tiempos acuciantes y los jueces entendieron que quien predicaba en contra del servicio militar obligatorio estaba generando un peligro tan grave e inminente que justificaba restringir la libertad de expresión.
Pero fue en el año 1942, en el caso "Chaplinsky vs. New Hampshire", cuando la Corte Suprema elaboró el estándar de las fighting words (o palabras que incitan a la violencia). Se trataba en el caso de un testigo de Jehová que había insultado a un policía que lo llamaba al orden por repartir panfletos en la vía pública y por provocar a los transeúntes. La doctrina de las fighting words para la Corte no protege aquellas manifestaciones que inciten a la violencia, a una inminente ruptura de la paz.
No puede caber duda del comportamiento autoritario, despótico y antidemocrático del actual presidente de los Estados Unidos. Sin embargo, el hecho de que una empresa privada pueda decidir dar de baja su cuenta al entender que incita a la violencia presupone otorgarles a los términos y condiciones de esa compañía igual jerarquía que a una ley o estándar jurisprudencial, que necesariamente deben aplicar los jueces.
La decisión de cuándo una manifestación puede estar incursa en la doctrina de las fighting words y no recibir, entonces, tutela constitucional no puede quedar en manos privadas. Ni de una megacorporación, ni de un individuo.
Aun cuando Estados Unidos no es parte de la Convención Americana y no rige por lo tanto la interdicción de la censura previa, la jurisprudencia de su máximo tribunal ha tenido innumerables pronunciamientos muy favorables a la libertad de expresión.
En 1960, en el caso "The New York Times vs. Sullivan", la Corte Suprema dijo que el debate sobre los asuntos públicos debe ser desinhibido, robusto y amplio, y que puede incluir ataques vehementes, cáusticos y, a veces, desagradablemente agudos contra los funcionarios gubernamentales y públicos.
Grandes esfuerzos hicieron los jueces y juezas de ese país por proteger la libertad de expresión para que pueda ser puesta en jaque tan peligrosamente.
Si toleramos mansamente que se empiece a cercenar la palabra, si dejamos que no se permita una real y efectiva circulación de la expresión en todos sus términos, la democracia se desvanece, el pluralismo y la tolerancia comienzan a resquebrajarse y los mecanismos de escrutinio y control se vuelven ineficaces. Esta es la puerta de entrada para los regímenes autoritarios.
Como dijo uno de los jueces de la Corte de ese país que más trabajó para proteger la libertad de expresión, Oliver Holmes, "si hay un principio de la Constitución que exija más imperiosamente nuestro apego, más que cualquier otro, es el principio de libre pensamiento, no para quienes están de acuerdo con nosotros, sino el libre pensamiento para los que odiamos" ("United States vs. Schiwmmer", 1929).ß
Abogada, miembro del Instituto de Política Constitucional de la Academia de Ciencias Morales y Políticas