Lecciones del conflicto minero
En Chubut se acaba de aprobar una ley por la cual se prohíbe la actividad metalífera en la modalidad a cielo abierto y la utilización de cianuro en los procesos de producción minera en el ámbito de la provincia. La norma surge después de un extenso proceso durante el cual se discutió acerca de los aspectos ambientales y económicos relacionados con la explotación de una mina de oro a pocos kilómetros de la ciudad de Esquel y como consecuencia del resultado de una consulta popular que se realizó en marzo último para conocer la opinión de la comunidad sobre el emprendimiento.
Lejos de generar un debate enriquecedor, las pasiones alinearon a los vecinos en dos veredas enfrentadas -a menudo intolerantes- y en dos posiciones inamovibles y antagónicas: por el Sí o por el No a la mina.
La contundente respuesta por la negativa, que sumó al 81 por ciento de la comunidad, sorprendió a las autoridades, que en su mayoría, avalaban la propuesta y que debieron aceptar, no sin algún disgusto, un hecho indudable: las comunidades ya no se conforman con votar y delegar en sus gobernantes ciertas decisiones.
El derecho constitucional a la preservación del patrimonio natural y al llamado desarrollo sustentable no puede alcanzarse si no se asegura una adecuada participación ciudadana, para la cual resulta esencial un verdadero y libre acceso a la información.
Evidentemente, la puesta en marcha de todo este nuevo sistema de derechos afecta muchos intereses y requiere de una profunda transformación de nuestros valores. Y precisa también un cambio de conducta en los gobernados y los gobernantes, que comparten ahora una democracia más dinámica, más participativa y compleja, pero necesariamente más transparente.
Lamentablemente, demasiados errores impidieron un razonado análisis del proyecto, lo cual desató posturas radicalizadas y protestas de vecinos que, aún con los mejores propósitos, se vieron de pronto divididos crudamente con quienes comparten la armonía de una ciudad rodeada de la más bella naturaleza patagónica. No faltaron ni los que quisieron aprovechar políticamente la oportunidad, ni los que buscaron desprestigiar a la empresa por su origen extranjero o por cualquier motivo, aún cuando actuaba dentro del marco de nuestro ordenamiento legal vigente y sobre la base de las lógicas expectativas que le brindaban los permisos otorgados por las autoridades nacionales y provinciales. Como siempre, algunos funcionarios que entienden la participación ciudadana como un estorbo en su gestión desvalorizaron la legitimidad de los pobladores locales para opinar. Resulta patético contemplar la capacidad fosilizada que demuestran ciertas fuerzas políticas para abrir su imaginación a una Argentina que necesita nuevas respuestas.
Resulta difícil evaluar todos los aspectos vinculados con la compleja problemática de un proyecto de estas características, pero, tal como lo mencionamos en esta columna meses atrás, el sistema de toma de decisiones actual para casos que pueden afectar el ambiente es insuficiente y conduce a extremos donde existe una gran dosis de subjetividad al no disponer de todas las herramientas indispensables para valorar adecuadamente los hechos.
Sin un procedimiento que brinde información adecuada, que sea realmente participativo y que lleve paso a paso las actuaciones hacia una resolución fundada sobre un criterio de absoluta razonabilidad, no sólo continuarán los conflictos sociales sino que seguiremos soportando la incompetencia y la imprevisión.
La Argentina necesita con urgencia implementar procedimientos de información pública que permitan conocer, de un modo claro, los efectos que cada proyecto pueda producir sobre el ambiente de modo directo o acumulativamente, considerando el uso o la modificación de los valiosos recursos naturales como el aire, el agua, la tierra, o el paisaje, e identificando los aspectos positivos y negativos consecuentes. Un país que quiere abocarse a promocionar sus condiciones turísticas debe poner en valor su patrimonio para evaluar luego su potencial como una herramienta de desarrollo local. Es un sistema más complejo, pero permite otorgar reglas claras a la inversión genuina y un menor margen de error y de discrecionalidad al plantear, con anticipación, y en las primeras etapas de cualquier emprendimiento, un severo análisis ambiental. Esencialmente por tratarse de proyectos cuyos efectos, eminentemente transgeneracionales, pueden implicar la modificación o la pérdida definitiva de bienes naturales, que constituyen un capital para el desarrollo turístico.
La nueva ley establece que el Consejo Provincial de Ambiente (Copram) deberá zonificar el territorio provincial para autorizar, en algunos casos, las modalidades de explotación minera. Cabe preguntarse respecto de la eficacia de esta norma que parece surgir más de los empujones legislativos que de la comprensión integral de las causas del fracaso de un sistema administrativo inadecuado para evaluar, con anticipación, los beneficios y riesgos de cada proyecto.
Claramente se impone la necesidad de una nueva planificación, que promueva una mayor transparencia e información para generar procesos participativos adecuados que conduzcan a una mejor calidad en las decisiones. De alguna manera se exige salir de esas rencillas, de esa contradicción de querer ser un país grande y a la vez seguir siendo intolerantes, o de pensar que el desarrollo sustentable se alcanzará, alguna vez, por error o casualidad.