
Ser ciudadano
Beltrán Gambier Para LA NACION
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Nos quejamos incansablemente de la situación política, echándole la culpa de ella a unos y a otros. Nunca es nuestra. Eso estaría bien si midiéramos nuestra responsabilidad política desde la exclusiva perspectiva del sufragio.
El ejercicio democrático no se agota con el voto, más bien éste marca el inicio del contrato con nuestros gobernantes durante cuya ejecución el ciudadano puede, y debe, ser más activo en el terreno cívico.
Si bien se aprecia un notable mejoramiento del activismo cívico en la Argentina en las últimas dos décadas -sobre todo a nivel de organizaciones no gubernamentales-, todavía hace falta progresar mucho más. Llego a esta convicción a partir de la apreciación de lo que todavía hoy se permiten los gobernantes -y les permitimos- a pesar del control proveniente de la oposición política, de los medios periodísticos y de las organizaciones cívicas.
Siempre he pensado que, para que el activismo cívico se intensifique, debe ser acompañado por la abogacía pro bono , es decir de letrados que trabajen sin cobrar honorarios en juicios y casos de interés de todos.
De este modo, ciudadanos y abogados pueden implicarse en reclamos vinculados con el llamado "interés general" o "interés público". Esa actuación conjunta -que debe ser propiciada desde los colegios de abogados- es necesaria, porque hay muchos reclamos o denuncias que exigen, para su correcta formulación, de cierto conocimiento del ordenamiento jurídico. Además, no cualquier ciudadano tiene el coraje de denunciar graves casos de corrupción o arbitrariedades del poder.
Puede decirse que, para el cumplimiento de esos fines, la ciudadanía ha depositado su confianza en las instituciones de la república. Para ello existen fiscales, jueces, defensores del pueblo, oficinas anticorrupción, organismos de control, comisiones parlamentarias y una prensa libre que deberían ser suficientes para combatir el cinismo de ciertos gobernantes y la comisión de ilícitos. No lo son. ¿Alguien lo duda?
Si un vecino se entera de que el administrador de su consorcio de propiedad horizontal malversa los fondos confiados, ¿esperará mansamente a la próxima asamblea ordinaria o provocará una asamblea especial para resolver el tema con urgencia?
Con el país pasa igual. ¿Toleramos melancólicamente las iniquidades y esperamos a la próxima elección o actuamos de inmediato?
Cualquier ciudadano tiene derecho a accionar judicialmente por la vía del amparo contra aquellos actos manifiestamente ilegales y arbitrarios vinculados con el interés público. Son ellos "afectados" en términos constitucionales.
Y esto no supone una puntual o peligrosa sustitución del poder debido a los propios límites de la capacidad reaccional, lo que permite el respeto a la cláusula constitucional que veda la posibilidad de que el pueblo delibere o gobierne sin tener en cuenta a sus representantes y a las autoridades creadas por la Constitución Nacional (artículo 22).
Lamentablemente, persiste todavía una línea jurisprudencial, un tanto disuasoria, con sentencias muy restrictivas; como la que niega legitimación judicial de organizaciones tan consagradas y prestigiosas como Poder Ciudadano en un caso donde se reclamaba la reglamentación de una ley cultural dictada hace justo cincuenta años (Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal de la Capital Federal, de 18 de septiembre de 2007).
Por suerte, hay otros jueces que tienen una concepción más amplia y abierta de la moderna participación pública y del rol del poder judicial.
El aumento del activismo cívico no se producirá sin que antes se tomen algunas medidas que deben provenir del Congreso. Así como se fomentan desde el Estado ciertas actividades de interés general, bien puede pensarse creativamente en una forma de incentivar a los ciudadanos para que se impliquen en la defensa del interés de todos. Claro que para que esto ocurra tiene que convenir ser buen ciudadano y tiene que resultar fácil poder hacerlo.
Sin duda, una de las primeras medidas a tomar debe estar relacionada con la imposición de costas judiciales en los juicios donde el ciudadano actúa en defensa del interés público y del principio de legalidad. Resulta aberrante que quien acude a la justicia en esta calidad tenga que cargar con las costas judiciales en caso de que su pretensión procesal sea rechazada. Esto no ocurre siempre pero ya le pasó a Felix V. Lonigro cuando demandó al Congreso de la Nación para que se declarara la inconstitucionalidad de su larga omisión en crear la comisión bicameral permanente para el control de los decretos de necesidad y urgencia y para que se lo intime a crearla en un plazo prudencial.
Al juez se le paga por juzgar, al legislador se le paga por legislar y a los presidentes se les paga por administrar, pero al ciudadano sólo se le cobran impuestos. Es necesario seguir pensando en cómo podemos tener más ciudadanos controlando al poder.






