
Una Justicia arrinconada por las malas prácticas
El reemplazo de un juez del Tribunal Oral que está juzgando a los exfuncionarios kichneristas Ricardo Jaime y Julio De Vido, entre otros, y el riesgo de un nuevo escándalo que declare la nulidad de todo lo actuado por deficiente constitución del tribunal de juicio, pone en primera plana las enormes dificultades que enfrenta la justicia para resolver los casos en plazos razonables.
Cuando el juicio oral está casi concluido, uno de los miembros del tribunal renuncia al cargo con el ¿fundamento? ¿pretexto? que cumplió los 75 años y no puede seguir siendo juez, salvo un nuevo acuerdo del Senado. Se incorpora al tribunal un “juez suplente” previsto para estos casos, y allí las defensas cuestionan esa incorporación y se genera una incidencia cuyo resultado aun no conocemos. Dejemos de lado la evaluación de la decisión del magistrado renunciante, pero si el juez Ricardo Basílico, cuarto juez suplente designado de antemano para que actúe ante la ausencia de algún colega, estuvo presente durante todo el juicio, no existirán problemas constitucionales y legales para que continúe interviniendo y el juicio pueda concluirse.
El eje del problema es que, en cualquier caso, estas situaciones generan dudas y afectan la legitimidad de la sentencia, pues conceden argumentos a los defensores para atacar las decisiones judiciales, más aun en casos de alto voltaje político como este. Y el origen es la injustificable duración de los juicios orales.
Esa irrazonable duración de los juicios no es inevitable, por el contrario, es consecuencia directa de las malas decisiones y las malas prácticas adoptadas por los tribunales orales federales y también muchos provinciales.
En el diseño original del juicio oral, los juicios deben iniciarse y concluirse sin interrupciones. Si el juicio comienza un lunes, debe seguir el martes, miércoles y sucesivamente hasta concluirse. Idealmente, y como se trata de un juicio teóricamente oral en el cual los jueces deben tener inmediación con la prueba, no deberían intervenir más que un juicio, y recién al terminar éste, iniciar otro. Solo excepcionalmente debería suceder de otra manera.
Sin embargo, por razones inexplicables y contrarias a la lógica, la razón y el sentido común, los tribunales orales adoptaron la mala práctica de hacer varios juicios en simultáneo y, una audiencia por día para cada uno de ellos. Se llega al ridículo que un juez tiene el “juicio de los lunes”: homicidio; el “juicio de los martes”: estafa; el “juicio de los miércoles”: contrabando, y sucesivamente.-
Un juicio que requiera ocho audiencias, y podría ser resuelto en una semana y media, se convierte en un juicio de dos meses. Un juicio que requiere veinte audiencias, que podría realizarse en cuatro semanas, dura cinco meses y si en el medio queda la feria… más. Y una audiencia que se suspende, es una semana que se dilata.
Los principios procesales de la inmediatez y la celeridad quedan pulverizados, y de hecho también el principio de la oralidad, pues un juicio que dura meses obliga al Juez a recurrir a las benditas actas, para recordar lo que dijo un testigo varios meses atrás.
Según informa la crónica periodística, el juicio oral de Jaime-De Vido comenzó en abril de 2019, o sea que lleva casi tres años. Eso sin contar la etapa previa de investigación. ¡Tres años de “juicio oral”!
No se ha informado cuantas audiencias se han realizado en este juicio, sería bueno saberlo. Pero entre abril y diciembre de 2019 hay aproximadamente 160 días hábiles, a una audiencia por día, y no hay razón para el juicio se hubiera extendido más allá de 2019. Dicho ello sin dejar de señalar que resultaría impensado semejante necesidad de horas reales de trabajo en un juicio realizado con técnicas de litigación adecuadas. Haciendo las cosas bien, el juicio debió haber terminado hace largo tiempo. Ello hubiera evitados situaciones como las actuales y los cuestionamientos que ahora se producen.
Esta mala práctica fue detectada por los redactores del vigente -y aun no implementado- Código Procesal Penal Federal Ley 27.063. El nuevo texto legal ha tenido que explicar lo obvio.
El concepto que las audiencias son consecutivas ya figura en el Código mixto (artículo 365 “El debate continuará durante todas las audiencias consecutivas que sean necesarias hasta su terminación;”) pero como los jueces tergiversaron este concepto y, contra la lógica y el sentido común, interpretan que si hacen audiencias todos los martes, son consecutivas; el nuevo código debió explicar lo obvio: sesiones consecutivas aquellas que tuvieren lugar en el día siguiente o subsiguiente del funcionamiento ordinario del tribunal. “Artículo 291: La audiencia se realizará sin interrupción, durante las sesiones consecutivas que sean necesarias hasta su terminación. A estos efectos, constituirán sesiones consecutivas aquellas que tuvieren lugar en el día siguiente o subsiguiente del funcionamiento ordinario del tribunal.” (CPPF).
Pero como este nuevo código está vigente pero no implementado, los tribunales orales siguen caminando el camino del absurdo y persisten en las malas prácticas, con una persistencia digna de causas más justas.
La injustificada demora en avanzar en la implementación del nuevo Código Procesal Penal Federal sigue causando daños a la legitimidad de las decisiones judiciales; afecta los derechos de los imputados a tener resolución en plazo razonable; y genera desazón en una sociedad que, con toda razón, no entiende estos absurdos que no pueden explicarse.-
La inmediata aplicación del Nuevo Código Procesal Penal Federal, cuanto menos en la etapa del juicio oral, constituye un imperativo para empezar a reconstruir la confianza social en las instituciones de la república.
Diputado Nacional, exjuez federal






