Confirmó Casación la condena a Guillermo Moreno por el cotillón contra Clarín
El tribunal rechazó un recurso del exfuncionario peronista para llegar a la Corte
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La Cámara Federal de Casación Penal rechazó ayer un recurso extraordinario presentado por el exsecretario de Comercio Guillermo Moreno, a raíz de la condena a dos años y medio de prisión en suspenso e inhabilitación absoluta perpetua para desempeñar cargos públicos, por los ataques contra Clarín.
El exfuncionario peronista pretendía que la Corte Suprema de Justicia revisara la condena que le aplicó el máximo tribunal penal del país por destinar unos $185.000 del Estado para comprar banderitas, volantes, globos y otros elementos, con frases como "Clarín miente".
La Cámara de Casación cerró por mayoría el camino para llegar a la Corte, al rechazar por "inadmisible" el recurso extraordinario. Igual suerte corrieron las presentaciones similares presentadas por las defensas de dos exdirectivos del Mercado Central Fabián Dragone y el exgerente Guillermo Cosentino, quienes recibieron la misma pena.
Los hechos juzgados ocurrieron entre enero de 2011 y diciembre de 2013 cuando, según pruebas evaluadas en la causa, Moreno y los demás imputados habrían organizado con fondos del Estado el armado del cotillón contra Clarín.
En octubre de 2017 el Tribunal Oral Federal (TOF) N° 5 consideró a Moreno "coautor penalmente responsable del delito de peculado" y le aplicó la condena, junto a Dragone y a Cosentino. La sentencia contra Moreno y los exfuncionarios del gobierno kirchnerista incluye la obligación de restituir los fondos sustraídos al erario público.
El 17 de mayo pasado, los camaristas Mariano Borinsky y Juan Gemignani ratificaron el fallo, en tanto que Ana María Figueroa votó por la absolución del exfuncionario, al sostener que los hechos imputados no constituían delito y estaban amparados por el derecho a la libertad de expresión.
Ahora, los camaristas Borinsky y Javier Carbajo desestimaron los argumentos de las defensas, que pretendían llegar a la Corte por considerar que las sentencias habían sido arbitrarias y violatorias de garantías constitucionales, como el derechos al debido proceso y la libertad de expresión.
El supuesto de arbitrariedad "no se ha demostrado, ni se advierte en este caso", argumentaron los jueces Borinsky y Carbajo. Para la camarista Figueroa, en cambio, se debieron conceder los recursos extraordinarios para que la sentencia del TOF 5 sea revisada por la Corte Suprema.
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