
El Gobierno reglamentó el nuevo Régimen Penal Juvenil que baja la edad de punibilidad a los 14 años
La medida, que entró en vigencia este fin de semana, fue reglamentada en un decreto en el Boletín Oficial de este lunes
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Con la firma del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Diego Santilli y del ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, el Gobierno reglamentó este lunes el nuevo Régimen Penal Juvenil que baja la edad de punibilidad y establece nuevas penas para los menores de edad. A través del Decreto 875/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial, el Ejecutivo estableció que la medida alcanza a todos los menores a partir de los 14 años y hasta el día en que cumplan los 18 años.
El Ministerio de Justicia es el órgano designado como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal. A su vez, la normativa estableció mecanismos para el seguimiento de los jóvenes, la asistencia a las víctimas y la “coordinación con las provincias”.
Si bien la medida había entrado en vigencia desde la medianoche del sábado, el decreto se publicó este lunes a las 0.

Ejes y críticas
El Senado de la Nación sancionó en febrero de 2026 el nuevo Régimen Penal Juvenil, una iniciativa impulsada por el gobierno de Javier Milei que contempla penas de prisión para los adolescentes que cometan delitos graves que involucren violencia y muerte. La norma —que reemplazó el límite anterior de 16 años— fue sancionada por una amplia mayoría de 44 votos a favor, 27 en contra y una abstención.
La ley sancionada introduce una estructura de sanciones que otorga a los magistrados diversas opciones de castigo según la gravedad del hecho cometido. Los jueces podrán aplicar desde la amonestación hasta el monitoreo electrónico.
El abanico de penas alternativas contempla además la prohibición de salida del territorio nacional y la realización de tareas comunitarias para delitos con escalas de hasta tres años de prisión. Este esquema rige para delitos con penas de hasta 11 años de encierro, siempre que no exista la muerte de la víctima o lesiones de carácter grave.
El límite máximo de privación de la libertad quedó fijado en 15 años. Este tope rige incluso si la sumatoria de delitos o las escalas penales prevén un tiempo superior. El encierro efectivo solo ocurrirá ante hechos de extrema gravedad como homicidios, secuestros violentos, abusos sexuales o robos con violencia.

El mismo esquema se aplica para casos de hechos castigados con penas de hasta 10 años de detención, pero que no impliquen la muerte o graves lesiones a la víctima.
“Este es un régimen moderno, especializado, donde están garantizados el debido proceso y demás garantías procesales. El proyecto cumple con ese objetivo”, afirmó el libertario Gonzalo Guzmán (Salta), presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales y miembro informante del oficialismo en el inicio del debate.
En ese sentido, la norma establece una serie de derechos y garantías desde el inicio del proceso penal, reconociéndoles asistencia legal, eficaz e idónea en su comparecencia ante los tribunales. “Esta ley es invotable, es imposible de votar”, sentenció desde el bloque kirchnerista Lucía Corpacci (Catamarca), quien acusó al Gobierno de usar el debate sobre el agravamiento de penas para los menores de edad para tapar la realidad social.
La radical Carolina Losada (Santa Fe) salió al cruce de quienes critican la baja de la edad imputabilidad por considerar que los jóvenes de 14 años no son plenamente conscientes de los delitos que cometen,
“Basta de hipocresía, basta de decir que alguien no entiende lo que está haciendo; todos tenemos hijos menores de edad y sabemos muy bien que entienden”, dijo Losada. “No podemos decir que un chico de 15 no es responsable o no sabe lo que está haciendo”, insistió.


