Coronavirus: el Gobierno prohibió las compras de alimentos que superen los precios máximos
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En una nueva derivación del escándalo generado por la compra pública de alimentos a precios más altos que los determinados por el propio Estado, el Gobierno dio a conocer esta noche una decisión administrativa de la Jefatura de Gabinete qué prohíbe a los funcionarios pagar montos que estén por encima de los precios máximos establecidos por la Secretaría de Comercio Interior.
La decisión es la 472/20 y lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas. Con ella, el Gobierno quiere evitar que se reiteren escándalos como el de esta semana, cuando el Ministerio de Desarrollo Social que encabeza Daniel Arroyo adquirió alimentos con sobreprecios por compra directa y en el marco de los procedimientos de emergencia por la pandemia de coronavirus.
La decisión administrativa no menciona esas compras, reveladas por LA NACION, que hoy derivaron en la renuncia del secretario de Articulación de la Política Social, Gonzalo Calvo.
En cambio, en los fundamentos, el documento señala "que la dinámica de la pandemia y su impacto sobre la vida social de la población en su conjunto presentaron la necesidad de establecer procedimientos de adquisición de bienes y servicios en la emergencia que habilitaran a todas las áreas comprometidas a dar respuestas integrales ante ella y a utilizar herramientas que otorgaran celeridad y eficacia a la atención de las necesidades que se presenten, sin mengua de la transparencia que debe primar en todo el obrar público".
La norma establece que "no podrá en ningún caso abonarse montos superiores a los Precios Máximos" de la Secretaría de Comercio Interior y esto regirá para las adquisiciones en curso que no hubiesen sido adjudicadas, y las futuras.
Asimismo se instruyó a los ministros a que en los trámites que no estén finalizados se respeten, en todos los casos, los precios máximos establecidos. Lo mismo ocurre en las transacciones en las que se hubiere realizado el acto de adjudicación y hubiera obligaciones de pago pendientes de cumplimiento.
Se establece, además, que se pagará exclusivamente hasta el monto correspondiente a la aplicación de la mencionada resolución de la Secretaría de Comercio que establece los precios máximos.
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