La ley de medios está en la Corte
La Procuración General dictaminó que la Corte Suprema es competente para tramitar una demanda de San Luis contra el Gobierno por la ley de medios.
La demanda promovida por la citada provincia contra el Estado nacional reclama que la Corte declare inconstitucional la ley 26.522, porque avasalla las autonomías de las provincias y perturba el funcionamiento de los medios que se desenvuelven dentro de las jurisdicciones locales.
Ahora, Laura Monti, procuradora general adjunta, que se desempeña bajo las órdenes del procurador general de la Nación, Esteban Righi, dictaminó que la Corte tiene competencia para pronunciarse sobre el planteo.
La demanda de San Luis, que fue promovida por el gobernador Alberto Rodríguez Saa y por el ex juez de la Corte Rodolfo Barra en octubre último, no es la única que existe en los tribunales contra esa controvertida norma, pero sí coloca el tema en las puertas mismas de la Corte Suprema, que preside Ricardo Lorenzetti.
La citada ley establece fuertes límites a la actuación de los grupos que operan actualmente en el mercado y los obliga a vender un gran número de activos en el exiguo plazo de un año. Entre las restricciones, figura la prohibición de una misma empresa de ser titular de un canal de aire y de un cable y, además, la prohibición de un cable de trasmitir más de una señal propia.
Asimismo, en el plano político, en estos días el oficialismo y la oposición mantienen una controversia sobre la pretensión del Gobierno de controlar la mayoría de la Autoridad de Aplicación, el organismo que tendrá atribuciones para supervisar y sancionar a los medios audiovisuales. Para lograrlo, la presidenta Cristina Kirchner y la Comisión Bicameral de Medios, constituida irregularmente, ya nombraron a cinco de los siete integrantes de aquel organismo.
Pero en el plano estrictamente legal, la ley de medios no sólo es cuestionada por los grupos privados que operan en el mercado argentino, sino también por funcionarios provinciales.
Quien se apresuró por llevar el tema a la Justicia fue San Luis, que hace dos meses presentó una extensa acción de amparo.
Apoyándose en que el artículo 32 de la Constitución Nacional indica que "el Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal", Rodríguez Saá sostuvo que la ley busca controlar los contenidos de los medios provinciales, interfiere sobre las empresas que son de alcance exclusivamente provincial y crea gravámenes inconstitucionales.
Monti, en un breve dictamen, sostuvo que la Corte Suprema, en otras causas, admitió que las acciones de amparo tramiten ante sus estrados. Y, teniendo en cuenta que la causa enfrenta a una provincia y a la Nación, es un asunto de la instancia originaria de la Corte, ante la que debe sustanciarse la demanda, la prueba y dictarse sentencia.
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