
Precisiones sobre el caso del crimen de Larrabure
El debate sobre la caracterización del delito continúa abierto
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Tres años después de la reapertura de la causa por la muerte del coronel Argentino del Valle Larrabure, todavía debe intervenir un fiscal para dictaminar si el caso debe ser investigado. La discusión acerca de si el crimen cometido por el Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) en 1974 está prescripto o no, sin embargo, no fue saldada y quedará para el futuro.
Anteayer, LA NACION informó que la Cámara Federal de Rosario había resuelto que los crímenes que sufrió Larrabure debían ser considerados delitos de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptibles, y que pueden ser investigados.
En rigor, la información no es exacta: se basa en una serie de errores que cometieron los sucesivos fiscales y que tampoco fueron aclarados por la Cámara Federal -según reconocen otros fiscales vinculados con el caso-, lo cual indujo a un error.
La Cámara Federal, al rechazar los planteos del abogado de Larrabure, no anuló un dictamen del fiscal de Cámara Claudio Palacín, quien sí defendió la tesis de los delitos de lesa humanidad. En realidad, la intervención de la Cámara estuvo motivada por temas estrictamente formales, de carácter procesal, lo que la llevó tal vez a no pronunciarse sobre ese asunto -interpreta un fiscal-. Así, el punto no fue aclarado.
La Procuración General de la Nación, a cargo de Esteban Righi, publicó una declaración en la que afirmó que "varios medios de prensa comunicaron de manera inexacta que la Cámara de Rosario se había pronunciado a favor de considerar los hechos del caso Larrabure crímenes de lesa humanidad y efectuaron, asimismo, referencias erróneas a la actuación del Ministerio Público Fiscal".
La Procuración General aclaró que el crimen sufrido por Larrabure no fue declarado imprescriptible y que esa discusión, que sí fue planteada por un fiscal, fue prematura. Pero sí admite que el delito debe ser investigado.
El caso
Larrabure fue secuestrado en 1974 y, luego del cautiverio, apareció muerto. La causa se había abierto en 1975, en plena actividad delictiva de la organización ERP, y fue cerrada en octubre de 1977, tras el golpe militar, con un sobreseimiento, hasta la aparición de nuevas pruebas.
En 2006, luego de que la Corte, en el caso Simón, declaró que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles, Arturo Larrabure, hijo del militar, pidió la reapertura del caso. De allí en más, todo fue tortuoso:
l El juez Germán Sutter Schneider le dio vista al fiscal, Francisco Sosa, para que dijera si había que investigar el hecho. Fue innecesario, pues sólo bastaba con reabrir la causa. Pero el fiscal también erró: planteó que el delito había prescripto.
l El juez no se quedó conforme y elevó el caso, en consulta, al fiscal de Cámara Claudio Palacín, en dos oportunidades. En la segunda ocasión, Palacín sostuvo lo contrario del fiscal inferior: para Palacín, el delito es de lesa humanidad e imprescriptible. Con esto en la mano, el juez comenzó la investigación.
l El juez envió la causa a una unidad fiscal de Rosario, que se negó a intervenir por entender que los delitos estaban prescriptos.
l Los nuevos fiscales del caso entendieron que todas esas consultas que había hecho el juez a Palacín siguieron un procedimiento irregular y, por eso, plantearon ante la Cámara su nulidad. También apeló Larrabure.
l Pero la Cámara Federal, en lugar de anular todas las consultas e, incluso, el dictamen de Palacín en favor de la imprescriptibilidad, optó por otra solución: rechazó todos los planteos y ordenó que un fiscal se pronunciara sobre si el caso debía ser investigado. Quizá la solución no sea la más acertada, según los fiscales, porque no es necesario que un funcionario formalice un pedido de investigación, pero, al no haberse pronunciado sobre el dictamen, Palacín pudo haber provocado el error.






