A Fondo

Todos los detalles del Fondo de Asistencia Laboral

Fue uno de los artículos más discutidos, pero el Gobierno evitó que lo bajaran del proyecto
LA NACION

El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) es uno de los artículos claves de la reforma laboral que se aprobó en la Cámara de Diputados y que ahora deberá tratar el Senado. El Gobierno lo presenta como un instrumento para financiar las indemnizaciones por despido, pero los opositores advierten que, en realidad, servirá para fondear al Estado a costa del desfinanciamiento del sistema previsional.

De los 26 títulos y más de 200 artículos que componen la reforma, fue uno de los que el ministro de Economía, Luis Caputo, se negó a negociar. La oposición lo intentó voltear en la discusión en particular, pero el oficialismo desplegó un fuerte dispositivo de disuasión para evitarlo. El trabajo dio sus frutos: el capítulo II de la reforma laboral, que contenía el artículo del FAL, se aprobó finalmente con 130 votos positivos, contra 117 rechazos y tres abstenciones. El oficialismo tuvo cinco votos menos que los obtenidos en la aprobación en general. Estos son los principales puntos que establece la norma.

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¿Qué es el Fondo de Asistencia Laboral?

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¿De dónde sale el dinero para nutrir el FAL?

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¿Qué cambia para el trabajador?

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¿Qué le critican los que se oponen?

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¿Qué pasa si en la cuenta FAL de una empresa no hay dinero suficiente para pagar la indemnización?

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¿Se puede aplicar en cualquier empleado?

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¿Desde cuándo rige este sistema?

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¿El empleador puede dejar de aportar?

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¿Qué pasa con el dinero de la cuenta FAL si la empresa cierra?

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¿Qué acciones están prohibidas?

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¿Cuánto podría recaudar el fondo?

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¿Quién administra el fondo?

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¿Qué es el Fondo de Asistencia Laboral?

Es una cuenta que deberá conformar cada empresa en una entidad financiera cuyo saldo solo podrá ser usado para pagar eventuales indemnizaciones de su personal. Todavía no está resuelto qué entidades y con qué condiciones gestionarán esos fondos. La Comisión Nacional de Valores, dependiente del Ministerio de Economía, será la encargada de supervisar el sistema. Lo que está claro es que generarán intereses y comisiones para las administradoras.

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¿De dónde sale el dinero para nutrir el FAL?

Los empleadores derivarán a su cuenta FAL un porcentaje de los salarios que paga. A la vez se reduce en igual monto el aporte obligatorio a la Anses. Es decir, para el empleador no implica un costo adicional. Por ese motivo, quienes cuestionan este sistema sostienen que el Estado se hace cargo de las indemnizaciones y que se está desfinanciando la caja de jubilaciones. La ley establece que la contribución mensual obligatoria será del 1% de la masa salarial para las grandes empresas y del 2,5% para las pymes. El Ministerio de Economía quedó facultado a subir esos montos hasta el 1,5% y el 3%, respectivamente. Los empleadores podrán hacer aportes adicionales en condiciones que se definirán en la reglamentación de la ley.

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¿Qué cambia para el trabajador?

La reforma quita del cálculo indemnizatorio las vacaciones, el aguinaldo, las horas extras y otros conceptos adicionales. Además, se autoriza el pago en cuotas. Pero respecto al FAL no implica, en teoría, un cambio a la hora de cobrar una indemnización. La empresa debe liquidarle el monto que le corresponde, independientemente de dónde saque el dinero.

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¿Qué le critican los que se oponen?

Los bloques de Unión por la Patria y de Provincias Unidas advierten que este nuevo sistema desfinanciará al sistema de seguridad social; las más preocupadas son las provincias cuyas cajas jubilatorias no fueron transferidas a la Nación y, por lo tanto, dependen de los giros que les realice la Anses. En el Senado, los senadores Alejandra Vigo (Córdoba), Flavia Royón (Salta) y Maximiliano Abad (UCR) votaron en contra de todo el título II, que dispone la creación del FAL.

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¿Qué pasa si en la cuenta FAL de una empresa no hay dinero suficiente para pagar la indemnización?

La obligación del empresario no depende del saldo de su cuenta FAL. Puede recurrir a ese dinero y si no hay suficiente tendrá que aportarlo de otro lado.

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¿Se puede aplicar en cualquier empleado?

La ley establece que el FAL solo puede usarse para el despido de empleados en blanco. Otra restricción que se establece es que no puede aplicarse el dinero del fondo para trabajadores con menos de un año de antigüedad en la empresa.

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¿Desde cuándo rige este sistema?

Según se dispone, una vez promulgada la ley y conformado el FAL la empresa no podrá tocar el dinero durante los primeros seis meses, de modo de tener una suficiente cantidad acumulada.

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¿El empleador puede dejar de aportar?

El texto prevé que, si llega a un determinado nivel de cobertura para garantizar los pagos indemnizatorios, la empresa podrá pedir dejar de hacer aportes al FAL. Los niveles mínimos y el plazo de ese beneficio lo determinará el Ministerio de Economía en la reglamentación.

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¿Qué pasa con el dinero de la cuenta FAL si la empresa cierra?

El empleador puede recupararlo en caso de liquidar la empresa y si se corrobora que están cubiertas todas sus obligaciones con el personal.

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¿Qué acciones están prohibidas?

No puede usarse el dinero para otro fin que la indemnización de un empleado registrado. En caso de probarse que se infringe esa norma se podrá multar al empleador con hasta el doble del dinero ingresado en el FAL, más los intereses.

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¿Cuánto podría recaudar el fondo?

Economistas y referentes de la oposición estiman que este fondo recaudará entre US$3000 y US$5000 millones anuales.

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¿Quién administra el fondo?

Serán administrados por entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores, como por ejemplo bancos, billeteras virtuales y compañías de seguro. En la oposición sospechan que estos fondos terminen teniendo, como función principal, la financiación del Tesoro mediante la compra de títulos de deuda soberana.