Un fallo de la Cámara Federal de Casación favorece a Alberto Fernández en el caso de los seguros
Rechazó el recurso del fiscal para llevar a la Corte el fallo que anuló la confirmación del procesamiento del expresidente
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La Cámara Federal de Casación Penal le dio una buena noticia al expresidente Alberto Fernández. Rechazó el recurso extraordinario del fiscal Raúl Pleé contra la sentencia que había anulado la confirmación del procesamiento del expresidente en la causa donde estaba acusado de favorecer a productores amigos con la contratación de los seguros del Estado.
Por mayoría, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible, por mayoría, el recurso extraordinario federal interpuesto por el fiscal Pleé contra el fallo que había favorecido al expresidente.
El 29 de abril pasado, la Cámara de Casación había hecho lugar al recurso de la defensa de Alberto Fernández, anuló la resolución que confirmó su procesamiento y ordenó a la Cámara Federal dictar un nuevo pronunciamiento.
Ahora, si se ordenan las medidas de prueba que sugirió el fiscal de Cámara José Agüero Iturbe, el caso puede resucitar y regresar a la Cámara Federal. De lo contrario, quedaría en la nada.

La decisión de favorecer al expresidente fue adoptada por los jueces Mariano Hernán Borinsky y Javier Carbajo, con la disidencia del juez Gustavo Hornos, que planteó abrir el planteo del fiscal y discutir el asunto, pero quedó en minoría.
Pleé había solicitado la intervención de la Corte Suprema al sostener que la sentencia de Casación afectaba las facultades constitucionales del Ministerio Público Fiscal y realizaba una interpretación incorrecta de los principios de organización y actuación de los fiscales.
En su voto, Hornos consideró que el recurso extraordinario cumplía con los requisitos de admisibilidad. Entendió que, si bien la resolución impugnada no constituía una sentencia definitiva en sentido estricto, resultaba equiparable a tal por los efectos que producía sobre el desarrollo del proceso y sobre las atribuciones del Ministerio Público Fiscal.
Asimismo, Hornos sostuvo que el planteo involucraba una cuestión federal suficiente vinculada con la interpretación de la Constitución Nacional y el principio de unidad de actuación del Ministerio Público Fiscal.
El problema se dio porque Alberto Fernández fue procesado, pero cuando el asunto fue apelado, el fiscal ante la Cámara Federal Agüero Iturbe postuló que se dicte su falta de mérito, no acusó y sugirió realizar medidas de prueba.
La Cámara Federal, de todos modos, confirmó el procesamiento. Cuando el caso llegó a la Cámara Federal de Casación, los jueces anularon la confirmación del procesamiento por falta de acusación fiscal y mandaron el asunto de regreso a la Cámara Federal.
Pleé recurrió ese fallo para llegar a la Corte, pero hoy le negaron ese recurso extraordinario. Hornos quería intervenir y dijo que se debía prevalecer la posición institucional de Pleé, quien se había pronunciado a favor de la continuidad del proceso y de la validez del procesamiento.

Sobre esa base, propuso conceder el recurso extraordinario federal para que la cuestión fuera revisada por la Corte Suprema. Por su parte, Borinsky entendió que el recurso extraordinario no reunía los requisitos para abrirlo. Concluyó que no existía un agravio de imposible o tardía reparación ulterior que permitiera equiparar la decisión a una sentencia definitiva.
Borinsky recordó que la Sala IV había considerado relevante que, al momento de resolver la Cámara Federal, tanto la defensa de Fernández como el fiscal general actuante ante esa instancia habían coincidido en solicitar el dictado de la falta de mérito. Añadió que la intervención posterior del fiscal general ante Casación no modificaba esa circunstancia procesal.
El juez Carbajo adhirió a los fundamentos y a la solución propuesta por Borinsky. De ese modo, por mayoría, la Sala IV resolvió declarar inadmisible el recurso extraordinario federal presentado por el fiscal general Pleé.
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