
Ordenaron la detención del médico Aníbal Lotocki por el caso de Silvina Luna
Se trata del expediente que tuvo como víctimas a la fallecida modelo y a Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y Gabriela Trenchi; ya estaba detenido por la muerte de un paciente, caso por el que está siendo juzgado ahora
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El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 28 ordenó hoy la detención del médico Aníbal Lotocki en el marco de la causa donde fue condenado a ocho años de prisión por estafa y por haber ocasionado lesiones graves a Silvina Luna, fallecida el 31 de agosto de 2023, Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y Gabriela Trenchi.
La decisión se tomó tras un pedido que realizó el fiscal general Sandro Abraldes, que intervino en el juicio.
“En caso de recuperar su libertad y de cara a enfrentarse nuevamente a cumplir una pena de prisión efectiva de envergadura, Lotocki podría evadirse del accionar de la Justicia”, sostuvo el juez Jorge Romeo en su resolución, en la que recordó que el médico está detenido de forma preventiva en el marco de otra causa donde es juzgado actualmente por el homicidio de un paciente en abril de 2021.
“Su presunción de inocencia se encuentra severamente debilitada y la expectativa de pena ya no es una mera hipótesis de esta parte acusadora, sino una certeza inminente y cuantificada”, había sostenido el fiscal Abraldes en su dictamen, según informó el sitio de noticias de la Procuración General de la Nación, www.fiscales.gob.ar.

Lotocki había sido condenado en febrero de 2022 a cuatro años de prisión. “Tengo por acreditado que Lotocki, realizó intervenciones quirúrgicas a Luna, Xipokitakis, Trenchi y Sosa, colocándoles en su cuerpo un producto de relleno del cual sólo se sabe que contenía microesferas de Polimetilmetacrilato (PMMA), en zonas y cantidad no aconsejadas, produciéndoles con ello lesiones, al generarles granulomas. El reproche penal consiste en tener por probado que, dolosamente, calló u ocultó intencionalmente lo que era su obligación informar. No les advirtió que en las intervenciones quirúrgicas que iba a efectuar con PMMA, se podían generar granulomas y las consecuencias aún más lesivas que ello podía traer aparejado para las cuatro pacientes”, había puntualizado el por entonces integrante del tribunal Carlos Rengel Mirat y quién firmó la condena.
Tras los recursos presentados por la fiscalía y las querellas, la Sala III de la Cámara de Casación amplió la condena de cuatro a ocho años porque consideró que también había cometido el delito de estafa. Además, aumentó de cinco a diez años el tiempo de inhabilitación para ejercer su profesión.
En esa resolución, Casación recordó que Lotocki había incurrido, como profesional de la salud, en un “relevante incumplimiento de los deberes propios de su rol de médico en su relación con el paciente”, por, entre otras cosas, aquella omisión de brindar información sobre los efectos de la sustancia en sus sus cuerpos.
En abril de 2025, la Sala II de la Cámara confirmó la condena del médico a ocho años, decisión que fue recurrida por la defensa. Actualmente, está pendiente de resolución un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia.
En agosto pasado, el representante el fiscal Abraldes había solicitado que se dicte su prisión preventiva en esta causa para “asegurar la futura ejecución de la pena”. “Es dable destacar que existe una relación inversamente proporcional entre la presunción de inocencia y el riesgo de fuga, ya que cuanto más disminuye la primera, más aumenta el segundo ante la inminencia psicológica del ingreso a la cárcel para el cumplimiento de una pena de magnitud como aquella dictada en autos”, explicó en su dictamen.
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