
Armas: rigen penas más graves
Es delito toda tenencia ilegal; castigan la provisión y el acopio
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Desde ayer rigen penas más graves para la tenencia, portación, entrega y comercialización ilegal de armas. También un plazo de 180 días para que las armas no registradas puedan ser inscriptas por sus actuales poseedores, y la obligación para el Estado de destruir, en actos públicos y con control judicial, todas las armas secuestradas por haber sido usadas en hechos criminales.
A partir de esta nueva modificación, la simple tenencia de armas de uso civil sin la debida autorización legal será reprimida con penas de seis meses a dos años de prisión y multas de 1000 a 10.000 pesos. Si las armas fuesen de guerra, las penas irán de dos a seis años de prisión. Hasta ayer la tenencia ilegítima de arma de uso civil no era un delito y la de arma de guerra era reprimida con penas de tres a seis años de cárcel.
A la portación ilegal de arma de uso civil corresponderá una pena de uno a cuatro años de prisión. Para el caso de la de arma de guerra, la pena será de tres años y medio a ocho años y medio de prisión, es decir, no excarcelable. Si el portador fuera el tenedor legal del arma de guerra, o fuera "evidente la falta de intención" de usarla con fines ilícitos, la escala penal se reducirá en un tercio.
Una novedad de la ley que entró ayer en vigor es que aquellos que registren antecedentes penales por delitos dolosos contra las personas o con el uso de armas, o que gozaran de una excarcelación o exención de prisión y portaran un arma de fuego de cualquier calibre, serán pasibles de recibir penas de cuatro a 10 años.
La pena por la entrega de armas a personas que no acrediten condición de legítimo usuario será de uno a seis años de prisión; de tres años y medio a diez, si el arma es entregada a un menor de 18 años. Y al que hiciera de la provisión de armas una actividad habitual, penas de cuatro a 15 años.
El acopio de armas, piezas y municiones o la tenencia no autorizada de equipos para producirlas serán penados con prisión de cuatro a 10 años. La fabricación ilegal de armas será reprimida con penas de prisión de cinco a 15 años.
Igual condena les corresponderá a los que, para contribuir a la comisión de delitos contra la seguridad común compraran, fabricaran, robaran o entregaran bombas, materiales nucleares o radiactivos, explosivos, o elementos tóxicos o biológicamente peligrosos.
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