Busca el Gobierno agravar el castigo a los usurpadores
Propone llevar a 4 años de cárcel la pena por ocupación ilegal; hoy es de 14 meses
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Dieciséis días atrás, Dimiciano Vázquez encontró que el inmueble de su propiedad, en Villa del Parque, estaba usurpado por dos mujeres y su indignación fue tal que murió de un infarto. Nadie conoce el destino de las intrusas, pues desaparecieron en medio de la confusión como por arte de magia.
Con este caso, extremo, las ocupaciones ilegales se ganaron la condena social. Ahora, el Gobierno pretende sumar la fuerza de la ley para hacer más rigurosa la sanción.
Un proyecto ideado por el Ministerio de Justicia, recién remitido al Congreso Nacional, prevé aumentar la pena estipulada para los autores del delito de usurpación y contempla permitir el desalojo inmediato del inmueble.
El titular de la cartera, Raúl Granillo Ocampo, llevó al terreno práctico la concepción teórica de la iniciativa: "Su finalidad es muy simple. Pretendemos sacar del fuero correccional, que está absolutamente saturado, las causas por ocupaciones ilegales. Estas serían procesadas en el fuero de instrucción, para acotar los tiempos", explicó a La Nación .
Acortar tiempos
Tal como propone el texto, con el incremento de la pena máxima para los usurpadores a cuatro años -hasta ahora fijada en dos- los expedientes deberán tramitarse ante la justicia de instrucción, pues los tribunales correccionales sólo tienen competencia sobre los hechos ilícitos castigados con una sanción máxima que no excede los tres años.
Por eso, el proyecto que el Poder Ejecutivo elevó ayer a consideración de los legisladores propuso la modificación del artículo 181 del Código Penal para reprimir "con prisión de seis meses a cuatro años" la toma de posesión clandestina de una propiedad, actualmente sancionada con "prisión de un mes a dos años".
La iniciativa oficial prevé también un aumento de la pena máxima hasta seis años para los casos en que "se utilizaren documentos falsos" en la comisión del delito.
Un objetivo accesorio a la ampliación del castigo reside en habilitar a los magistrados a disponer en sus pronunciamientos que "no se deje en suspenso el cumplimiento de la pena", según se lee en los fundamentos del proyecto.
Granillo Ocampo se entusiasma: "Cuando las circunstancias lo ameriten, los jueces podrán aplicar condenas mayores a los tres años, condición necesaria para el cumplimiento efectivo".
Pero no termina allí el cambio impulsado por el Gobierno. Propone, asimismo, incluir como artículo 311 en el Código Procesal Penal de la Nación que:
- "en las causas por infracción al artículo 181, en cualquier estado del proceso y aun sin dictado del auto de procesamiento o prisión preventiva, mediando requisitoria fiscal y a pedido del damnificado, deberá el juez interviniente disponer de inmediato el reintegro en forma provisional de la posesión del inmueble cuando el derecho invocado en la denuncia fuere verosímil (...)".
El ministro de Justicia señaló que la intención de incorporar esta herramienta procura evitar "situaciones extremas de particulares damnificados que puedan pensar en recurrir a la justicia por mano propia, pues por el momento se esperaba la sentencia para devolver la propiedad a su dueño legítimo".
Granillo recordó los casos en que los usurpadores aprovechan la demora procesal para saquear los inmuebles.
Tal fue el drama vivido, en enero último, por los propietarios del edificio de Vidt 2090. Seis familias aprovecharon la ausencia de la encargada para usurpar cuatro departamentos.
Abandonaron el lugar cuando la ocupación tomó estado público, pero partieron con los bienes ajenos a cuestas.
Hay juristas que se oponen
- Andrés D´Alessio, decano de la Facultad de Derecho: "Una vez más, reiteran la idea de que el aumento de las penas tendrá un efecto mágico. En los Estados Unidos, un habitante de cada 150 está preso, y es uno de los países con mayor criminalidad. Si se trata de cambiar de fuero, el correccional está saturado, pero no se halla mucho mejor el de instrucción. Y en cuanto a la protección del derecho del propietario a gozar de su propiedad, pueden tomarse medidas urgentes en el proceso penal".
- Pedro D´Attoli, abogado penalista: "Creo que la pena actual es adecuada y los jueces ya están facultados para negar la excarcelación por condiciones determinadas, sin aumentar las sanciones. Y no todo se puede resolver con la elevación de las escalas penales, que es el proyecto repetido para otros casos: homicidios en accidentes de tránsito y punibilidad de menores".
- Eduardo Guarna, abogado de la Defensoría del Pueblo porteña: "Los problemas sociales no se resuelven con códigos penales, sino con soluciones políticas. Las penas más severas no resuelven la cuestión de las usurpaciones. Aunque se aprese a los ocupantes ilegales, la intrusión continúa en otras casas. Ya se trató de sancionar con prisión y no dio resultados. Y, originariamente, estuvo en la esfera de la justicia de instrucción".
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