
Chicos con dos mamás reciben sus nuevas partidas de nacimiento
Tienen entre 3 y 10 años; ahora ambas madres están legalmente reconocidas; la historia de Juan, uno de los 20 chicos que estrena dos apellidos
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Juan tiene 5 años. Desde que nació, sus mamás Gabriela y Eliana, casadas desde octubre de 2010, pedían que su hijo tuviera los mismos derechos que todos los demás: una partida de nacimiento que reconociera legalmente a ambas madres. Hoy es el día: como él, más de 20 niños y niñas de entre 3 y 10 años reciben sus nuevas partidas y, en pocos días, un DNI rectificado.
Gabriela acaba de llegar del Registro Civil cuando conversa con LA NACION . "Firmamos las nuevas partidas. Figura el lugar para las dos madres; se lee 'hijo de' y 'de'. Nosotras agregamos mi apellido", cuenta entusiasmada, orgullosa. "Más que pensar en nosotras, me emociona saber que nuestros hijos van a tener nuevos derechos". Cuenta que fue tan esperado este momento, que tenía tanta ansiedad por que llegara que le pareció una eternidad. "Pensé que no lo íbamos a poder anotar nunca como hijo de las dos".
Según el Censo 2010, en el país hay al menos 24.228 hogares compuestos por parejas del mismo sexo (homoparentales), 4960 integrados por parejas de mujeres a cargo de hijos e hijas.
Desde que se aprobó la ley de matrimonio igualitario, los niños inscriptos por estas parejas legalmente casadas, tienen ese aval. El tema es que Juan, al igual que otros cientos de chicos que nacieron antes del 14 de julio de 2010, quedaban fuera de esta protección, medida que quedó revertida el 2 de julio pasado cuando la Presidenta Cristina Kirchner firmó el decreto de necesidad y urgencia (DNU Nº1006/2012) para igualar los derechos.
Esta es una solución federal, administrativa y masiva que ya comenzó a implementarse en las provincias de Neuquén y Buenos Aires. El lunes pasado, en La Plata, Mónica Rolón y Vanessa Salías recibieron las partidas rectificadas de sus hijas Ambar y Victoria, de dos años, que se apellidan Rolón Salías.
Más que un papel
Tener una nueva partida no es sólo una rectificación de un papel: la implicancia del reconocimiento legal de ambas madres permite la circulación y la toma conjunta de decisiones médicas y educativas, derechos hereditarios y licencias por enfermedad de los hijos; permite, también, que accedan a las previsiones sociales y que garantice la continuidad del vínculo en caso de separación o muerte de una de ellas. En ese mismo acto, también se reconoce legalmente el vínculo con sus familias extendidas, como abuelas y abuelos, tíos y tías, primos, etc.

Los trillizos Jazmín, Abril y Santiago, hijos de Silvina Maddaleno y Andrea Majul activistas en 100% Diversidad y Derechos, también tienen desde hoy sus partidas rectificadas. Ellas son pareja hace 20 años y se casaron en 2010. Sus hijos, con cuatro años y medio, recién ahora serán reconocidos legalmente por las dos madres. "La mayoría de las mamás decidió ponerle los dos apellidos aunque formalmente no haga falta. Tiene un significado extra después de años de tanta invisibilidad", explica.
Y también habla de las mil razones cotidianas por las cuales sus vidas familiares serán diferentes. "Uno lo siente en las pequeñas cosas. Cada año yo tenía que firmar una autorización para que Andrea, su mamá, los pueda retirar de la escuela", relata. Son los pequeños gestos de discriminación que serán sólo un recuerdo.
Qué establece el decreto
La firma del DNU fue solicitada por 100% Diversidad y Derechos y Lesmadres e impulsada por el ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo. Está fundada en "estrictas razones de igualdad ante la ley" y en la "urgencia de evitar las excesivas demoras que padecen muchísimos niños, niñas y adolescentes para acceder a su completa inscripción, con todos los perjuicios que tal circunstancia les acarrea y la restricción al ejercicio de sus derechos constitucionalmente protegidos", según expresan los considerandos de la nueva normativa.
El DNU establece un año de plazo "para completar la inscripción del nacimiento de niños menores de DIECIOCHO (18) años de edad de matrimonios conformados por DOS (2) mujeres y nacidos con anterioridad a la sanción de la Ley Nº 26.618" (Artículo 1). La misma se realizará mediante un trámite administrativo en las sedes de los Registros de Estado Civil y Capacidad de las Personas y, para efectivizar la inscripción, ambas cónyuges deberán manifestar pleno consentimiento.
<b> Cómo inscribirse en el registro de familias diversas </b>
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