Impuestos. AFIP confirmó cómo será el pago de anticipos de Ganancias y Bienes Personales
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La Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP ) divulgó a través de un comunicado los parámetros para el pago de anticipos del período fiscal 2019 de Bienes Personales y de Ganancias.
Las claves fueron publicadas hoy en el Boletín Oficial en las resoluciones generales 4522 y 4524.
Se trata de los anticipos por 2019 que deben pagar quienes ya están inscriptos en estos dos impuestos, cuyo primer anticipo vence en agosto. El pago se calculan de acuerdo a los nuevos parámetros que ya dispuso la ley para este año.
Bienes personales
Los anticipos a cuenta del gravamen se calcularán y registrarán en el sistema de cuentas tributarias, como es usual, a partir de la base imponible correspondiente al período fiscal 2018, con las siguientes consideraciones:
•Se restará la exención dispuesta para la casa habitación (hasta $ 18 millones) del valor total de los bienes sujetos a impuesto, informado para el período fiscal 2018.
• Se aplicará la nueva escala con alícuotas progresivas sobre el total de los bienes que excedan el mínimo no imponible del 2019.

Ganancias
Los anticipos a cuenta del gravamen se calcularán y registrarán en el sistema de cuentas tributarias, como es usual, a partir de la base imponible correspondiente al período fiscal 2018, pero tomando las deducciones y escala del impuesto vigente para el periodo fiscal 2019 que es actualizada por el índice RIPTE.
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