ATP 7: nuevos topes, montos y tasas para el programa que cubre parte del salario
1 minuto de lectura'

El Gobierno oficializó el séptimo pago del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). El beneficio se formalizó con nuevas especificaciones, topes y montos, los cuales no podrán ser inferiores a la suma equivalente a 1,25 salario mínimo vital (SMVM) y móvil ni superior el equivalente a dos SMVN.
A través del decreto 1954/2020 que fue publicado en el Boletín Oficial, se aceptan las recomendaciones del Acta 23 del Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP donde se postuló que se extiendan los beneficios del programa relativos al Salario Complementario, a la postergación y reducción del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al Crédito Tasa Subsidiada respecto de los salarios y contribuciones que se devenguen durante octubre.
El programa inicial creado el 1° de abril pasado se prolongó hasta el 30 de septiembre, en tanto, se propuso que reciban el beneficio del Salario Complementario aquellas empresas que desarrollen alguna de las actividades incluidas en la nómina de las actividades afectadas en forma
"El Comité estableció como modalidad de cálculo para octubre, que el salario neto resulte equivalente al 83% de la remuneración bruta devengada en setiembre, exteriorizada en la declaración jurada de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes a dicho período", indican fuentes oficiales. A su vez, agregan que el Salario Complementario a asignar como beneficio debe resultar equivalente al 50% del salario neto.
Según agregan, el resultado así obtenido no podrá ser inferior a la suma equivalente a 1,25 salario mínimo vital y móvil ni superior a la suma equivalente a dos salarios mínimos vital y móvil, es decir, entre $23.625 y $37.800. "El Comité estableció que la suma del Salario Complementario no podrá arrojar como resultado que el trabajador obtenga un beneficio, por el concepto en trato, superior a su salario neto correspondiente a setiembre", aseguran.
En tanto, el ATP 7 contempla que aquellas de sectores no críticos cuya variación interanual de la facturación nominal esté entre menos cien por ciento y -0,1%, pasarán a tener un crédito a una tasa de interés de 27% anual, con tres meses de gracia por hasta $20.000 por trabajador, las cuales se van a pagar en 12 cuotas iguales y consecutivas. "El crédito para esas empresas podrá ser reintegrado total o parcialmente al final del pago de las cuotas si la empresa cumple con metas de creación de empleo en 2021", proponen.
Según aclaran, las empresas no decretadas en una situación crítica, continuarán con el beneficio vigente de la postergación del pago de contribuciones patronales, y el beneficio será independientemente de la cantidad de trabajadores que tenga la empresa.
Además, señalan que, las empresas pertenecientes a sectores críticos y no críticos que tengan variación interanual nominal positiva en su facturación de hasta 35%, podrán acceder al beneficio del crédito reconvertible en subsidio.
Por último, se dispuso que el tope de facturación positiva para acceder al crédito se reduzca del 40% al 35%, mientras que la tasa, en estos casos será del 33% anual, con tres meses de gracia y con garantía estatal. Este beneficio será únicamente para empresas de hasta 800 trabajadores, en sectores tanto críticos como no críticos.
Con información de Télam
- 1
Dólar hoy y dólar blue, EN VIVO: a cuánto cotiza el oficial y cuál es el precio del paralelo este viernes 19 de junio, minuto a minuto
2A cuánto llega la PUAM en julio de 2026 con el aumento confirmado
3Dólar hoy y dólar blue hoy: a cuánto cotiza este sábado 20 de junio
4La vuelta al campo que terminó en una pyme quesera que reescribe una historia familiar





