A través de la Resolución 100/2023, el ministro de Economía, Sergio Massa, oficializó la ayuda que había anunciado en enero pasado en Entre Ríos; originalmente se iban a destinar $2000 millones
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Después de un mes desde que el ministro de Economía, Sergio Massa, anunciara la creación del programa Fortalecimiento Productivo Argentino para compensar a los sectores de la carne porcina, aviar y huevo, finalmente se reglamentó el plan para asistir al sector aviar. De esta forma, buscan asistir a los productores de pollos parrilleros en la “mitigación del impacto del incremento de los costos de alimentación” que tuvo la actividad mientras duró el esquema del dólar soja I y II.
A través de una Resolución 100/2023 y en el ámbito de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía, especificaron que este programa se financiará con los fondos provenientes del Fondo Incremento Exportador (PIE) creado por el artículo 9° del Decreto N° 576 del 4 de septiembre de 2022, y el artículo 9° del Decreto N° 787 del 27 de noviembre de 2022. La decisión, indican “se da mediante la asignación de un beneficio económico basado en la relación entre el consumo de soja para alimentación y el volumen de producción”.
Para que los productores puedan acceder al beneficio tienen que cumplir con una serie de requisitos:
- Estar inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) en la Actividad “Aves Producción — Carne”.
- Tener declarada su actividad como productor de carne de ave en la registración ante la AFIP, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía.
- Haber remitido pollos parrilleros a faena entre el 28 de noviembre de 2022 y el 30 de diciembre de 2022.
- Dar cumplimiento con el procedimiento del artículo 7° de la presente medida.
Además, la compensación será determinada de conformidad con las siguientes pautas:
- Promedio Mensual de Producción (PMP): doceava (1/12) parte del total de cabezas de pollos parrilleros faenadas remitidas por el beneficiario desde el 1° de octubre de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022 inclusive.
- Coeficiente Soja Insumo (CSI): Uno coma cero noventa y uno kilogramos (1,091 kg.) por cabeza faenada, correspondiente al dato técnico derivado de la cantidad de soja o sus derivados necesaria para tal fin.
- Soja Base (SB): producto de la multiplicación entre PMP y CSI convertido a toneladas.
- Monto del Beneficio (MB$): valor de la compensación en pesos para cada productor resultante de la multiplicación de SB por treinta mil (30.000).
Para cubrir estas compensaciones, el Gobierno desembolsará, según especifica la normativa, $2200 millones, es decir, 200 millones más de lo que había anunciado originalmente Massa en Entre Ríos en enero pasado. En este caso, los productores avícolas que reciban la compensación de $30.000 por tonelada de soja, o sus equivalencias en subproductos o alimento balanceado, compradas entre el 28 de noviembre y el 30 de diciembre del 2022 en el plazo de 15 días hábiles administrativos, deberán suministrar toda la información pertinente y solicitar expresamente el beneficio en el marco del programa.
El registro de Agricultura
Por otro lado, esta semana la secretaría de Agricultura también creó el Registro Nacional de MiPyMEs Agroalimentarias para estimular el acceso a las políticas públicas, para brindar facilidades a los pequeños y medianos productores con la clasificación precisa de quiénes son los beneficiarios. Fue a través de la Resolución 28/2023, para catalogar a los productores de este segmento y de brindar un mayor alcance de las políticas públicas que benefician a este sector agropecuario.
Según aclararon desde la cartera que conduce Juan José Bahillo, la administración del nuevo Registro estará a cargo de la Subsecretaría de Fortalecimiento Productivo y Sustentable para Pequeños y Medianos Productores Agroalimentarios de la SAGyP con la finalidad de acceder a los beneficios de los instrumentos de políticas públicas diferenciales para su sector.
Este registro estará destinado a aquellos sujetos económicos dedicados a cualquier actividad de producción primaria de agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca, de la cual obtenga como resultado un producto de origen animal, vegetal y/o fúngico.
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