
Buena conducta no es sinónimo de buena nota
Por Roberto J. Porcel
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Hace unos pocos meses conocimos un informe de la Comisión de Comercio Exterior de la Unión Europea que ubicaba a la Argentina entre los 15 países que requerían de una acción "prioritaria" para encarar esfuerzos conjuntos y alcanzar una mayor protección de los derechos de propiedad intelectual e industrial.
Más recientemente, en febrero último, la International Intellectual Property Alliance (IIPA) elevó al Departamento de Comercio de los Estados Unidos el Special 301 Report, que examina la adecuación y efectividad de la protección de los derechos de propiedad intelectual en 60 países.
De dicho informe surge que nuestro país sigue siendo mal considerado en lo que se refiere a la protección de los derechos intelectuales, en tanto vuelve a ser incluido en lo que se denomina Priority Watch List; es decir, dentro de los 16 países con mayores problemas en lo relacionado con la protección de esta clase de derechos de propiedad.
Según mi criterio, a estas alturas resulta injusto no reconocer que la Argentina ha dado muestras de voluntad y conductas orientadas a combatir la falsificación marcaria. Así, desde la Aduana, se ha reglamentado el artículo 46 de la ley 25.986 modificatoria de la ley 22.415, lo que implicó avanzar en lo relacionado con medidas en la frontera, conforme lo comprometido en el artículo 51 del Acuerdo para la Protección de los Derechos de Propiedad Intelectual (Adpic). Se suma a ello el sistema de alertas que ya está operando (cuando la importación y exportación de mercaderías es presentada por quien no esté inscripto en el sistema) y la conformación del Comité de Lucha contra la Piratería y el Fraude Marcario, dentro de la Aduana, articulado con el sector privado.
Venta ilegal
Ferias como la de La Salada ya no pasan inadvertidas a la hora de hablar de comercio ilegítimo, y a nadie se le escapa que en muchas se comercializan productos en infracción marcaria. Se ha tomado conciencia de la dimensión de estas ferias y de los volúmenes de dinero que en ellas se maneja, hasta tal punto que la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), por ejemplo, lanzó una campaña de afiches en Capital Federal, La Plata, Lomas de Zamora y Mar del Plata y solicitó al subsecretario de Ingresos Públicos bonaerense, Santiago Montoya, que cesara en su persecución a las pymes y se preocupara por controlar la venta ilegal en la feria de La Salada.
La AFIP también le viene dando una batalla sin cuartel a este delito. Y ocurre lo propio desde la Aduana. Su director general, Ricardo Echegaray, señaló en este sentido que "la detección de mercadería falsificada que ingresa en el país aumentó un 36% en 2006".
Acciones concretas
Desde el Ministerio Público se sugirió y propició la idea de crear una fiscalía especial para entender con especialidad en este tipo de delitos. Y en el ámbito universitario se incluyó en la Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura, que hace a la formación de nuestros jueces y futuros jueces, un módulo sobre Temas Actuales sobre Propiedad Industrial e Intelectual, organizado con la cooperación de la Asociación de Derechos Intelectuales (Asdin), a cargo de Félix Rozanski.
El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley tendiente a modificar el Código Penal para incorporar como delito la falsificación de medicamentos. Y se fijó como política de Estado la lucha contra el comercio ilegítimo para desbaratar las fuentes de financiamiento de las organizaciones que se dedican a la piratería y la falsificación de marcas.
En otras palabras, mucho se ha hecho en los últimos tiempos desde los distintos sectores de nuestro país en pos de dar combate y formación (léase información) contra el flagelo de la piratería en general. Sin embargo, todo esto parecería caer en saco roto a la hora de buscar resultados cuando llega el momento de analizar el delito en el ámbito de la justicia penal.
Los procesos penales parecen absurdos. Y esto no obedece necesariamente ni puede ser imputado a la responsabilidad exclusiva de los jueces, sino con mayor justicia a la falta de una legislación adecuada y ajustada a los tiempos que corren, sobre todo en materia de falsificación marcaria.
Estamos frente a un delito que debe ser perseguido en la órbita del Derecho Civil porque no encuentra respuesta en su fuero natural, que es el Derecho Penal, como todo y cualquier delito. Seguimos en deuda con el artículo 61 del Adpic en cuanto a generar un proceso penal que contemple penas de prisión y/o multas suficientemente disuasorias que estén a la altura de delitos de la misma gravedad.
Gravedad
Y esto es responsabilidad exclusiva de nuestros legisladores. Pese a los vanos intentos solitarios del diputado Cristian Ritondo -la excepción que confirma la regla-, desde el Congreso no se han puesto a la altura de los acontecimientos.
Para peor, a partir de las modificaciones que fue experimentando el Código Penal hasta la fecha, la ya desactualizada ley 22.362 quedó aún más fuera de contexto al incorporar beneficios como el de la "probation", que deja literalmente sin ninguna sanción ni consecuencia a quien incurre en el delito.
Es imperativo que se modifique de una vez por todas la ley de marcas, y se contemple de manera definitiva la falsificación marcaria con la gravedad que el delito encierra. Todas las buenas conductas y los esfuerzos hechos por nuestro país en su lucha contra la falsificación no logran la nota ni el reconocimiento que se merecen -que, a no dudar, redundarían en un beneficio patrimonial muy importante para el país- por la sencilla y sorprendente indiferencia de los señores legisladores, que no se dignan a tratar los proyectos de ley que ya cuentan con estado parlamentario y que darían solución y reconocimiento al problema en cuestión.
El autor es abogado, socio de Porcel & Cabo Abogados. En Internet: www.porcelycabo.com
Falsificación marcaria
Un delito que moviliza sólo en nuestro país unos $ 16.000 millones, que se elevan a $ 25.000 millones si se toman en cuenta los delitos conexos, no parece llamar la atención de nuestros legisladores.






